NADIE PUEDE ALEGAR SU PROPIA TORPEZA

24 de abril del 2024

Si como afirma Mamani Magne: “Hans Kelsen debe estar revolcándose en su tumba” (sic), afirmación extremadamente vernácula y grosera, para alguien que se precia de escritor, Tamayo lo debe desconocer en dos de sus múltiples facetas, de escritor y abogado, no olvidemos que Tamayo es uno de los más grandes representantes de las letras bolivianas y que por si fuera poco estudió Derecho en la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) y fue abogado titulado por esta casa superior de Estudios, hecho que nos llena de orgullo.

Existen cuestiones incontrovertibles, veamos algunas: 1. La UMSA es la mejor, Universidad del Sistema Universitario Boliviano, y lo decimos enfáticamente; 2. Ergo la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas es la mejor Facultad de Derecho del Sistema Universitario Nacional; 3. De sus aulas han salido personajes destacados de la historia nacional, y; 4. De sus aulas se han aportado las normas más completas de nuestro sistema normativo, vigentes y que en un futuro serán vigentes para seguir cultivando las relaciones jurídico normativas de nuestro entramado tejido social.

En todos los tiempos, los hechos irregulares han estado presentes en todas las sociedades, no existe sociedad alguna en la que no haya antecedentes variopintos de inmoralidad, la que fuese, sin embargo, la diferencia es que en otras experiencias la denuncia permite la sanción, ejemplificadora.

No defendemos personas, el hacerlo también sería un error, pues si los hombres fueran ángeles, en palabras de Hamilton, no habría necesidad de normas, lo cierto es que no lo son, sin embargo, esta afirmación también está fuera de contradicción.

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Lo qué si está dentro de contradicción es todo lo que afecte la imagen de nuestra institución. Hasta donde recuerdo, los primeros años de la carrera son capitales (dependiendo del camino que desees tomar, el fácil o el de verdadero estudio) se transmiten las ideas generales del derecho (y no por ser generales, menos importantes), instituciones como el de la responsabilidad, las obligaciones que emergen por la cualidad de ser ciudadano, el valor de la norma, y los efectos de su vulneración.

Se dice esto en relación a lo predicho líneas arriba, uno de los tópicos más sobresalientes del derecho recae en la actitud que toma el ciudadano frente al conocimiento de la comisión de un delito, los penalistas la denominan, deber de denuncia, que pude ser resumido en:  aquel que conoce sobre la comisión de un delito está en la obligación de denunciarlo.

Si un docente pide que se compre su libro por nota, se lo debe denunciar; si se advierte plagio en sus obras, se lo debe denunciar; si acosa a una dama, se lo debe denunciar; si le cobra para acudir a un examen de grado, se lo debe denunciar. El silencio es el peor cómplice de la comisión de ilícitos y en muchas situaciones el que silencia voluntativamente, es más responsable que el propio culpable, pues sabiendo del hecho prefiere callarlo, esto último lo único que provoca es la tolerancia a lo ilícito, ni más ni menos.

Si miramos hace ocho años atrás y reconocemos haber presenciado hechos ilícitos (y como se infiere por el mismo argumento, no hemos hecho nada, es decir guardamos silencio cómplice) deberíamos aplaudir el presente, donde personas moralmente integras se animan a denunciar y repudian la complicidad, aparentemente algunos no saben el significado de ese instituto jurídico, nosotros lo sabemos y conocemos sus consecuencias, desde luego es algo que se aprende, si se estudia.

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Hablemos en derecho, se cree, desde luego de forma errónea, que la libertad de expresión es una libertad absoluta, que una persona puede agredir la imagen de otra sin consecuencias, aparcándose en el derecho a la libertad de expresión. Bueno esta es una verdad a medias o cuando menos recae en un criterio errado, a partir del derecho.

El derecho, principio y garantía de la libertad de expresión se sienta también en base a criterios reglares de conducta, cuando el ejercicio de este derecho es inexacto y eminentemente difamatorio, tiene la consecuencia natural del repudio normativo, ya que como lo determino el caso New York Times contra Sullivan, la norma actúa en su esfera prescriptiva sancionadora cuando la libertad de expresión es manifiestamente maliciosa o con una temeraria despreocupación acerca de su verdad o falsedad, esto significa y con todas sus letras claras que los actos maliciosos y desproporcionados son sancionados, enmendemos, deben ser sancionados por la norma.

La Carrera de Derecho de la UMSA, tiene la suficiente solvencia moral de afirmar que: 1. No se permiten actos de corrupción y si se los advierte se actúa con toda la rigurosidad de la Ley, baste como ejemplo las noticias de público conocimiento; 2. Nos hemos propuesto erradicar cualquier abuso en contra de la comunidad universitaria; 3. Se ha generado una fuerte alianza con la comunidad estudiantil para denunciar la corrupción en cualquiera de sus formas.

Por esto y más, si tienes vocación ven y estudia derecho en la UMSA.

ISRAEL RAMIRO CAMPERO, Es docente de Teoría General del Derecho y Derecho Constitucional de la UMSA

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