NORMAS TRIBUTARIAS EN BOLIVIA

13 de marzo del 2024

Existen literalmente cientos de normas en el ámbito tributario en Bolivia, una lista interminable desde leyes, decretos, resoluciones normativas de directorio etc pero en esta compilación te traemos las mas importantes Normas Tributarias Vigentes que todo Abogado y estudiante de Derecho debe conocer.

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Ley 154 CLASIFICACIÓN Y DEFINICIÓN DE IMPUESTOS

Tien por objeto clasificar y definir los impuestos de dominio tributario nacional, departamental, municipal, en aplicacion al articulo 323, paragrafo III de la Constitucion Politica del Estado.

Ley 2492 CÓDIGO TRIBUTARIO

Ley del 2 de agosto de 2003, Articulo 1 (Ámbito de aplicación).- Las disposiciones de este código establecen los principios, instituciones, procedimientos, y las normas fundamentales que regulan el orden jurídico del Sistema tributario Boliviano y son aplicables a todos los tributos de carácter nacional, departamental, municipal universitario

Ley 0291 – 22 de Septiembre 2012

ARTÍCULO 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto aprobar la segunda modificación al Presupuesto General del Estado Gestión 2012, para las entidades del sector público, y establecer otras disposiciones financieras específicas.

Ley 317 – 11 de diciembre 2012 LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2013

Artículo 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto aprobar el Presupuesto General del Estado – PGE del sector público para la Gestión Fiscal 2013, y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas.

Ley 812 (2016)

30 de Junio de 2016, Artículo 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, «Código Tributario Boliviano».

Ley 2042 ley de Administración Presupuestaria

La presente Ley tiene por objeto establecer las normas generales a las que debe regirse el proceso de administración presupuestaria de cada ejercicio fiscal, que comprende del 1° de enero al 31 de diciembre de cada año. Asimismo, normar la elaboración y presentación de los Estados Financieros de la Administración Central para su consideración en el Honorable Congreso Nacional.

Ley 1340 (28 de mayo de 1992)

Las disposiciones de este Código se aplicaran a todos los tributos de carácter nacional, departamental o municipal, y a las relaciones jurídicas emergentes de ellos.
También son aplicables a las obligaciones legales tributarias establecidas a favor de personas de derecho
publico descentralizadas y no estatales, siempre que no existan disposiciones especiales, en cuyo caso
tendrán carácter supletorio.

Ley 843

ARTÍCULO 1°.- Créase en todo el territorio nacional un impuesto que se denominará Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se aplicará sobre: a) Las ventas de bienes muebles situados o colocados en el territorio del país, efectuadas por los sujetos definidos en el Artículo 3° de esta Ley; b) Los contratos de obras, de prestación de servicios y toda otra prestación, cualquiera fuere su naturaleza, realizadas en el territorio de la Nación; y c) Las importaciones definitivas.

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