Qué Tipos de Seguro Existen en Bolivia ?

20 de noviembre del 2024

La ley 1883 Establece 3 tipos o modalidades de seguro en Bolivia Seguros de Personas, Seguros Generales y los Seguros de Fianzas.

ARTÍCULO 6.- MODALIDADES DE SEGURO.-

Las modalidades de seguro permitidas por la presente Ley, son tres: los Seguros de Personas, los Seguros Generales y los Seguros de Fianzas. La operación de los Seguros de Personas es excluyente con respecto a los Seguros Generales y de Fianzas. Las Entidades Aseguradoras con la modalidad de seguros generales podrán administrar seguros de salud, y accidentes.

Los Seguros Previsionales serán administrados exclusivamente por entidades aseguradoras que
administren Seguros de personas.

(Derogado expresamente por inciso b), parágrafo II del Artículo 198 de la Ley Nº 065 de
10/12/2010)

Las entidades de prepago solamente podrán realizar los servicios establecidos por la presente Ley
para esta actividad, previa autorización de la Superintendencia. Este servicio podrá ser operado por
las entidades aseguradoras de seguros de personas o por sociedades anónimas constituidas con este
objeto exclusivo.

Los Seguros de Fianzas podrán ser administrados por entidades que administren Seguros Generales, o
por entidades creadas con ese único objeto. Los seguros de fianzas estarán sujetos a una
reglamentación especial en cuanto a su mecanismo operativo.

Los seguros de fianza se dividen en seguro de caución y seguro de crédito. Las garantías exigidas por
instituciones públicas o privadas para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de sus
operaciones, podrán instrumentarlas a través del seguro de fianza. Las entidades aseguradoras tendrán
como única limitación para la suscripción de este tipo de seguros, el contar con las garantías
suficientes y el adecuado respaldo de reaseguro.

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