MODELO DE REVOCACIÓN DE PODER ESPECIAL AMPLIO Y SUFICIENTE y OTORGAMIENTO DE NUEVO PODER

11 de mayo del 2024

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Si estás buscando información sobre el modelo de revocación de poder especial amplio y suficiente, estás en el lugar indicado. En este artículo, te explicaremos detalladamente qué es un poder especial amplio y suficiente, cómo revocarlo y cómo otorgar un nuevo poder. También te presentaremos un modelo de revocación de poder especial amplio y suficiente, para que puedas utilizarlo como referencia en caso de necesitarlo.

¿Qué es un poder especial amplio y suficiente?

Un poder especial amplio y suficiente es un documento legal que confiere a una persona, llamada apoderado, la autoridad para actuar en representación de otra persona o entidad, llamada poderdante. Este tipo de poder puede abarcar una gran variedad de funciones y actividades, otorgando al apoderado amplios poderes de representación.

El poder especial amplio y suficiente debe ser otorgado de forma escrita y cumplir con los requisitos legales establecidos en la normativa aplicable. Este tipo de poder se utiliza en situaciones en las que el poderdante necesita otorgar a otra persona la autoridad para tomar decisiones en su nombre y representarlo en diferentes ámbitos, ya sea en el ámbito personal, empresarial, financiero, legal, etc.

Revocación de poder especial amplio y suficiente

En algunos casos, puede resultar necesario revocar un poder especial amplio y suficiente. La revocación implica poner fin a los poderes conferidos al apoderado, de manera que éste no pueda seguir actuando en representación del poderdante. La revocación de un poder especial amplio y suficiente debe realizarse de acuerdo a los procedimientos establecidos en la ley y el poder original.

Para revocar un poder especial amplio y suficiente, es necesario redactar un documento legal que contenga la revocación expresa y se ajuste a los requisitos formales establecidos. En este documento, el poderdante debe manifestar su voluntad de revocar el poder y dejar constancia de esta decisión.

Modelo de revocación de poder especial amplio y suficiente

A continuación, te presentamos un modelo de revocación de poder especial amplio y suficiente que puedes utilizar como referencia para redactar tu propio documento. Recuerda que este modelo debe ser adaptado a tus circunstancias particulares y consultar a un experto en derecho antes de utilizarlo.

OTORGAMIENTO DE NUEVO PODER

Además de revocar un poder especial amplio y suficiente, es posible otorgar un nuevo poder con poderes similares. El otorgamiento de un nuevo poder implica conferir a otra persona la autoridad para actuar en representación del poderdante en las mismas áreas o ámbitos que el poder anterior.

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Para otorgar un nuevo poder, se debe redactar un nuevo documento legal que cumpla con los requisitos formales establecidos en la normativa aplicable. En este documento, se debe especificar claramente los poderes que se otorgan al apoderado y cuáles son los límites de su autoridad.

Es importante tener en cuenta que el otorgamiento de un nuevo poder no revoca automáticamente el poder anterior. Es necesario realizar una revocación expresa del poder anterior para evitar cualquier conflicto o confusión respecto a la autoridad del apoderado.

Conclusiones

En resumen, un poder especial amplio y suficiente es un documento legal que confiere a una persona la autoridad para actuar en representación de otra en una amplia gama de ámbitos. La revocación de un poder especial amplio y suficiente debe realizarse mediante un documento legal que cumpla con los requisitos formales establecidos. Asimismo, es posible otorgar un nuevo poder con poderes similares, siempre y cuando se realice una revocación expresa del poder anterior.

Es recomendable consultar a un experto en derecho para recibir asesoramiento personalizado y garantizar que todos los pasos legales sean realizados de manera adecuada. Recuerda que este artículo solo proporciona información general y no constituye asesoramiento legal.

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MODELO DE REVOCACIÓN DE PODER ESPECIAL AMPLIO Y SUFICIENTE y OTORGAMIENTO DE NUEVO PODER
INSTRUCTIVA: DE REVOCACION DE PODER ESPECIAL, AMPLIO Y SUFICIENTE y OTORGAMIENTO DE NUEVO PODER. Yo, HILARIA VIDAL DE ROJAS, con C.I.Nº 4513258 Cbba., vecina de esta ciudad, mayor de edad y hábil por ley en todo derecho, representante legal de la Empresa “Trans Volart S.R.L.” de conformidad al poder especial, amplio y suficiente Nº 219/2014, de fecha 18 de julio del 2014, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 08 a cargo de la Dra. Leticia Aguirre Ballivian, la empresa cuenta con NÚMERO de IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (NIT) N° 285364025, al presente y por así convenir a mis intereses, de mi libre y espontánea voluntad, sin que exista vicio alguno del consentimiento y amparado del Art. 827 Inc. 2) y 828 parágrafo I) de Código Civil y en estricta aplicación del Art. 62 parágrafo I) inc. e) de la Ley del Notariado Plurinacional y el Art. 76 de su reglamento; REVOCO en todas sus partes el poder especial, amplio y suficiente N° 1194/2014, de fecha 15 de octubre del 2014, otorgado en favor de: ANGELO RODOLFO DE LA RIVA RAMALLO con C.I.N° 6823344 L.P., y CORALI MACEDA RIOJA con C.I.N° 6750092 L.P., otorgado por ante la Notaría N° 018 de este distrito judicial de la Ciudad de La Paz, a cargo del Dr. Vladimir F. Atahuichi Alconce, para que el mismo QUEDE REVOCADO, NULO y SIN NINGÚN VALOR LEGAL ALGUNO a partir de la presente fecha, referente a todas las facultades, legales y especiales que fueron otorgadas, y a su vez otorgo un nuevo poder en virtud del Inc. k) Otorgar poderes especiales para determinados actos y contratos, otorgar poderes generales o de administración, a favor de terceros, sustituir, ampliar el presente, en todo o en parte el presente mandato revocarlos, anularlos y reasumirlo cuantas veces sea necesario (del referido mandato N° 219/2014); es por así convenir a mis intereses, de mi libre y espontánea voluntad, sin que exista vicio alguno del consentimiento y al amparo del Art. 62 parágrafo I) inc. a), y c) de la Ley del Notariado Plurinacional y el Art. 74 Parágrafo I) inc. b) y c) y Art. 77 parágrafo I); confiero poder especial, colectivo, amplio bastante y suficiente cual por derecho se requiere a favor de: CORALI MACEDA RIOJA con C.I.N° 6750092 L.P., y CAROLA CARMINIA DE LA RIVA BELTRAN con C.I.N° 4333384 L.P., mayores de edad y hábiles por ley en todo derecho; dando cumplimiento al Art. 77 parágrafo II del R.L.N.P.; declaro y manifiesto bajo mi responsabilidad que mis mandatarios son capaces de obrar, quienes podrán actuar en forma conjunta o individualmente para que en nombre y representación de mi persona, acciones y derechos, y de la Empresa “Trans Volart S.R.L.” la misma que tiene NÚMERO de IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (NIT) N° 285364025, las apoderadas realicen todos los trámites administrativos que requiera la Sociedad en todo el territorio nacional, donde se requiera su apersonamiento y agilización de trámites administrativos y judiciales, para cuyo efecto se le confiere todas las facultades generales y especiales del mandato para el resguardo de sus intereses y del derecho propietario del presente inmueble y las facultades que se indican a continuación con carácter meramente enunciativo, sin que ello signifique negación de otras no especificadas o limitación del mandato, que por su propia naturaleza se amplia en todo cuanto sea necesario para el cumplimiento de su objeto: a) Apersonarse ante el Viceministerio de Transportes, Dirección General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, Organismos Gubernamentales, Aduana Nacional, Fundempresa, Impuestos Nacionales, Cancillería, Consulados, Embajadas, Superintendencias de Transporte y ante cualquier Secretaria y/o autoridad que sea requerido, Organismo Operativo de Transito, Policiales, H. Alcaldía Municipal, Contraloría General de la República y/o Estado Plurinacional de Bolivia, presente memoriales, solicitudes, escritos, comprobantes y documentos que requiera el mandante, b) Más poder para tramitar y obtener la Adecuación de la sociedad, a las nuevas leyes en vigencia, c) firmar Pólizas de Caución a favor de la Aduana Nacional de Bolivia, podrán presentar y recabar documentos, pedir Testimonios, copias, desgloses, certificaciones, resoluciones, inscripciones, actualización de documentación, Tarjetas de Operaciones, legalizaciones, pedir liberación de vehículos, inspecciones, revisiones, comisiones, recabar permisos, autorizaciones, apersonarse ante la Administradora de Servicios Portuarios Bolivia (ASPB) y cualquier trámite que sea requerido a nombre de la Sociedad mandante, podrán apersonarse donde corresponda y llenar todas las formalidades exigidas, dando cumplimiento a disposiciones legales vigentes, d) En suma podrá realizar cuantas acciones sean necesaria para el éxito del mandato y pudiendo en caso necesario ampliar las facultades del presente mandato, relacionadas al presente inmueble quedando bajo la única la responsabilidad del apoderado, mandato que se otorga CON FACULTAD DE SUSTITUCIÓN del presente poder, otorgando poder a terceras personas, asumiendo y reasumiendo el mandato cuantas veces sea necesario consiguientemente el presente poder no puede ser observado o tachado de insuficiente menos reclamado por falta de personería legal. Dejando claramente estableciendo que a partir de la fecha el poder revocado que da fuera de toda autoridad o poder, tributaria, civiles, penales, administrativas y otras, relacionadas al presente inmueble, quedando bajo la única responsabilidad del nuevo mandante, en suma siendo nula toda actuación que se realice el revocado poder; solicito que por intermedio de su notaria se lo notifique con la presente revocatoria al mandatario revocado. Santa Cruz, 13 de diciembre de 2023.
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HILARIA VIDAL DE ROJAS

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