02 de diciembre del 2025
Resultado:
| SUELDO PROMEDIO | |
|---|---|
| DESAHUCIO |
¿QUÉ ES EL DESAHUCIO Y COMO SE CALCULA ?
Corresponde el pago del Desahucio solo cuando el trabajador ha sido despedido de forma intempestiva e injustificada. el D.S 110 en su Art. 3 señala: «corresponde el pago del desahucio a la trabajadora o trabajador que se retirado intempestivamente…», cabe mencionar que si el trabajador a incurrido en algunas de las causales del Art. 9 de la Ley General del Trabajo no recibirá este beneficio.
ARTICULO 9.- No habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando exista una de las siguientes causales:
| a) | Perjuicio material causado con intención en las máquinas, productos o mercaderías; |
| b) | Revelación de secretos industriales; |
| c) | Omisiones o imprudencias que afecten a la higiene y seguridad industriales; |
| d) | Inasistencia injustificada de más de tres días consecutivos o de más de seis en el curso de un mes; |
| e) | Incumplimiento total o parcial del contrato de trabajo o del reglamento interno de la empresa; |
| f) | Retiro voluntario del trabajador, antes de los términos fijados en el artículo 13 de la ley o en el del contrato; |
| g) | Abuso de confianza, robo o hurto por el trabajador; |
| h) | Vías de hecho, injurias o conducta inmoral en el trabajo; |
| i) | Abandono en masa del trabajo, siempre que los trabajadores no obedecieran a la intimación de la autoridad competente. |
Formula Para el Calculo del Desahucio
Para calcular el Desahucio se debe multiplicar el Promedio Salarial Indemnizable * 3.

Ir a la Calculadora de Beneficios Sociales.




Muy interesante la forma de hacer los calculos