PROCESO EJECUTIVO SOCIAL – AFP (PREVICION Y FUTURO)

26 de abril del 2024
PROCESO EJECUTIVO SOCIAL – AFP (PREVICION Y FUTURO)
  1. En este caso AFP (PREVICION Y FUTURO)  planteara un PROCESO EJECUTIVO SOCIAL  a través de una demanda ante el Juzgado de Trabajo y Seguridad Social, adjuntando a la demanda  la NOTA DE DEBITO
  2. Ante esta demanda el juez dictara en 48 horas un AUTO INTIMATORIO, en este auto se resolverá que se tiene 5 días perentorios para dictar sentencia
  3. En esos   5 días se puede  presentar excepciones de cualquier tipo menos (remisión, condonación o compensación). Es decir que tiene plazo de 5 días para plantear las excepciones a partir de la notificación con el   Auto de Intimatorio
  4. En caso de plantear excepciones se  abrirá un término de prueba de  10 días para presentar pruebas de sus excepciones, como presentar facturas del pago
  5.  Pasan estos 10 días de prueba  el JUEZ Trabajo y Seguridad Social  emitirá un SENTENCIA, notificándose a la partes.
  6. Ante la SENTENCIA se  puede plantear RECURSO DE APELACIÓN en plazo perentorio de 5 días, en efecto devolutivo. El plazo corre  una vez notificada la parte con la sentencia, este recurso se plantea ante la misma autoridad  de primera instancia.
  7. El JUEZ Trabajo y Seguridad Social que  emitió el  SENTENCIA puede conceder o no la apelación. Si lo concediera elevara obrados al Tribunal Departamental De Justicia para que se sortee a una  Sala de Trabajo y Seguridad Social. Ellos emitirán un AUTO DE VISTA  (ahí concluye el proceso)

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