15 de octubre del 2024
- En este caso AFP (PREVICION Y FUTURO) planteara un PROCESO EJECUTIVO SOCIAL a través de una demanda ante el Juzgado de Trabajo y Seguridad Social, adjuntando a la demanda la NOTA DE DEBITO
- Ante esta demanda el juez dictara en 48 horas un AUTO INTIMATORIO, en este auto se resolverá que se tiene 5 días perentorios para dictar sentencia
- En esos 5 días se puede presentar excepciones de cualquier tipo menos (remisión, condonación o compensación). Es decir que tiene plazo de 5 días para plantear las excepciones a partir de la notificación con el Auto de Intimatorio
- En caso de plantear excepciones se abrirá un término de prueba de 10 días para presentar pruebas de sus excepciones, como presentar facturas del pago
- Pasan estos 10 días de prueba el JUEZ Trabajo y Seguridad Social emitirá un SENTENCIA, notificándose a la partes.
- Ante la SENTENCIA se puede plantear RECURSO DE APELACIÓN en plazo perentorio de 5 días, en efecto devolutivo. El plazo corre una vez notificada la parte con la sentencia, este recurso se plantea ante la misma autoridad de primera instancia.
- El JUEZ Trabajo y Seguridad Social que emitió el SENTENCIA puede conceder o no la apelación. Si lo concediera elevara obrados al Tribunal Departamental De Justicia para que se sortee a una Sala de Trabajo y Seguridad Social. Ellos emitirán un AUTO DE VISTA (ahí concluye el proceso)