PROCESO COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL – LA GESTORA PUBLICA a través de AFP (PREVICION Y FUTURO)

21 de diciembre del 2024
PROCESO COACTIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL – LA GESTORA PUBLICA a través de AFP (PREVICION Y FUTURO)

PROCESO COACTIVO DE LA SEGURIDAD  SOCIAL  –   LA GESTORA PUBLICA a través  de AFP (PREVICION Y FUTURO)

  1. En este caso AFP (PREVICION Y FUTURO)  planteara un PROCESO COACTIVO DE SEGURIDAD SOCIAL  a través de una demanda ante el Juzgado de Trabajo y Seguridad Social, adjuntando a la demanda  la NOTA DE DEBITO
  2. Ante esta demanda el juez dictara en 20 días  un SENTENCIA
  3. Tiene  5 días se puede  presentar  3 excepciones (pago documentado, inexistencia de la  obligación y incompetencia del juez). Es decir que tiene plazo de 5 días para plantear las excepciones a partir de la notificación con la sentencia
  4. En caso de plantear excepciones estas deben ir acompañadas de las pruebas, porque NO SE ADMITE TERMINO DE PRUEBA.
  5.  El JUEZ Trabajo y Seguridad Social  emitirá un AUTO rechazando o declarando probada las excepciones notificándose a la partes. Para que puedan apelar.
  6. Ante la AUTO se  puede plantear RECURSO DE APELACIÓN en plazo perentorio de 5 días en:
  7. Efecto devolutivo: Si la parte que apela es coactivada – demandada. Rechaza la excepción
  8. Efecto suspensivo: si la parte que apela es coactivante o demandante. El juez Declara probada la excepción.

El plazo corre  una vez notificada la parte con la sentencia, este recurso se plantea ante la misma autoridad  de primera instancia.

  • El JUEZ Trabajo y Seguridad Social que  emitió el  AUTO puede conceder o no la apelación. Si lo concediera elevara obrados al Tribunal Departamental De Justicia para que se sortee a una  Sala de Trabajo y Seguridad Social. Ellos emitirán un AUTO DE VISTA  (ahí concluye el proceso)

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