CÓDIGO DE TRÁNSITO BOLIVIA PDF

09 de octubre del 2024

Descarga en Formato PDF el Código de Tránsito Bolivia y su Reglamento, Ley 3988, Decreto Ley N° 10135 del 16 de Febrero de 1973, elevado a rango de Ley por la Ley 3988 del 16 de diciembre de 2008.

CÓDIGO DE TRÁNSITO BOLIVIA PDF

Código de Tránsito Bolivia y Reglamento | Ley 3988

Descargar en formato PDF el Código de Nacional de Tránsito Bolivia y su Reglamento (Actualizado 2024).

Reglamento del Código de Tránsito, resolución suprema 187444 del 8 de Junio de 1978.

Reglamento de actividades de los subsectores del transporte, DS 28710 del 11 de mayo de 2006

Plan nacional de seguridad vial, DS 29293 del 3 de octubre de 2007; DS 0420 del 3 de febrero de 2010.

Formato:PDF
Peso:16 KB
Personalizable:No
 Descargar:En PDF

Ley 3988 Código de Tránsito y Reglamento Bolivia


Ley-3988-Codigo-de-Transito-bolivia-y-Reglamento

 Descargar:En PDF

CODIGO DE TRANSITO DECRETO LEY N-10135 DEL 16 DE FEBRERO DE 1973

TITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPITULO I
APLICACIÓN Y OBJETO

Articulo 1.- (aplicación y objeto). El transito por las vías terrestres de la Republica de Bolivia, abiertas a la circulación publica, se regirá por este Código.

Artículo 2.- (Vías terrestres). A los efectos de la aplicación del Código son vías terrestres: las avenidas, calles, pasajes, autopistas, vías expresas, carreteras, caminos y sendas de circulación pública.

Articulo 3.- (Del servicio). El servicio Nacional del Transito, como organismo integrante de la Policía Nacional, ejecutara y hará cumplir las disposiciones del presente Código.

CAPÍTULO II: DE LAS VÍAS PÚBLICAS

Artículo 4.- (Clasificación). Las vías públicas se clasifican en urbanas y rurales.

Son vías urbanas:

  • Autopistas
  • Vías expresas
  • Avenidas
  • Calles
  • Pasajes
  • Paseos

Son vías rurales:

  • Carreteras
  • Caminos
  • Sendas
Vea También:  CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE BOLIVIA (CPE) COMENTADA EN PDF

Artículo 5.- (Autopista). Vía expresa con limitación total de acceso y con todos los cruces a desnivel.

Artículo 6.- (Vías expresas). Las que están destinadas al tránsito expreso con limitación parcial de accesos y generalmente sin cruces a nivel en las intersecciones.

Artículo 7.- (Avenidas). Las avenidas son vías de ancho relativamente grandes, donde el tránsito circula con carácter preferente respecto a las calles transversales.

Artículo 8.- (Calles). Las calles están formadas por aceras y calzadas. La calzada es la parte de la calle destinada a la circulación de vehículos y semovientes. Las aceras son de uso exclusivo de los peatones.

Artículo 10.- (Clasificación de las carreteras). Las carreteras y caminos, de la red nacional, se clasifican en fundamentales, complementarios y vecinales: a) Fundamentales: son los que vertebran el territorio nacional y lo vinculan internacionalmente. b) Complementarios: son los que vinculan capitales de departamentos con provincias y completan la red fundamental. c) Vecinales: son los que vinculan poblaciones rurales.

Artículo 11.- (Sendas). Sendas son las vías destinadas al uso de peatones y semovientes.

CAPÍTULO III: DE LOS VEHÍCULOS

Artículo 12.- (Vehículos). Vehículo es todo medio de transporte para personas, semovientes o cosas.

Artículo 13.- (Reglamento). El reglamento de este Código clasificará los vehículos de acuerdo a su tracción, características y clase de servicio.


También puedes ver:

👉 Memoriales GRATIS en Matéria Familiar Bolivia

👉 +500 Modelos de Memoriales GRATIS en WORD

DESCARGAR CÓDIGO DE TRÁNSITO BOLIVIA PDF

DESCARGA aquí el Codigo de Transito Bolivia, te ofrecemos un enlace para descargar en formato PDF.

CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO BOLIVIA Y SU REGLAMENTO

 Descargar:Descargar Ahora !

1 comentario

  • Vamos a Bolivia en un grupo de 5 motos. Tenemos algunas preguntas sobre la documentación.

    ¿Qué documentos necesitamos para pasar 20 días en moto en Bolivia?

    ¿Necesitamos un permiso de conducir expedido por la Policía de Tráfico?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *