MODELO DE DENUNCA POR ESTAFA AGRAVADA

30 de octubre del 2024

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¿Te has preguntado alguna vez cuál es el procedimiento para presentar una denuncia por estafa agravada? En este artículo, te explicaremos de manera detallada el modelo de denuncia que debes utilizar y los pasos que debes seguir para presentarla correctamente. Además, te proporcionaremos información clave sobre la estafa agravada y cómo identificar este delito. ¡Sigue leyendo para conocer todo sobre este tema!

¿Qué es la estafa agravada?

La estafa agravada es un delito que se encuentra tipificado en el Código Penal y consiste en engañar a una persona con el fin de obtener un beneficio económico para sí mismo o para otra persona. Para que la estafa sea considerada como agravada, deben concurrir ciertas circunstancias especiales previstas en la ley. Estas circunstancias suelen ser:

  • El uso de violencia o amenazas para cometer la estafa.
  • La participación de dos o más personas en la comisión del delito.
  • El aprovechamiento de la credibilidad pública de una institución o entidad.
  • La utilización de documentos falsificados o falsas identidades.

Es importante destacar que la estafa agravada es un delito grave que puede acarrear penas de prisión significativas. Por esta razón, es fundamental denunciar este tipo de conductas para que las autoridades competentes puedan tomar las medidas correspondientes.

¿Cómo identificar una estafa agravada?

La estafa agravada puede presentarse de diferentes formas y en distintos ámbitos. A continuación, te presentamos algunos ejemplos comunes:

  • Ofertas de inversión con altos rendimientos y garantías falsas.
  • Préstamos fraudulentos en los que se exigen pagos anticipados.
  • Ventas de productos o servicios inexistentes.
  • Engaños en el ámbito laboral, como falsas ofertas de empleo.
  • Timos en internet, como las conocidas estafas nigerianas.

En caso de haber sido víctima de una estafa agravada, es importante recopilar toda la información y evidencia disponible. Esto incluye tener copias de correos electrónicos, contratos, comprobantes de pago, entre otros documentos que respalden tu denuncia.

Modelo de denuncia por estafa agravada

Para presentar una denuncia por estafa agravada, debes redactar un documento que cumpla con ciertos requisitos legales. A continuación, te proporcionamos un modelo de denuncia que puedes utilizar como guía:

MEMORIAL

SEÑORES FISCALES DE TURNO DE LA CORPORATIVA DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD.

PRESENTA DENUNCIA POR ESTAFA AGRAVADA

OTROSÍ.-

JUANA HOFFMAN CHILE Y MARIO CABA MACHADO, con cedula de identidad XXXXXXXX L.P., XXXXXX. LP., mayores de edad hábiles por ley, con domicilio en Barrio Bolivar Calle 3 Nº 5., casados mayores de edad, hábiles por ley, apersonándome ante ustedes con el debido respeto expongo y pido:

Pasos para presentar la denuncia

Una vez que hayas redactado el modelo de denuncia, es importante seguir los pasos adecuados para presentarla correctamente. Aquí te indicamos los pasos que debes seguir:

Paso 1: Acude a la fiscalía

Dirígete a la fiscalía correspondiente a tu localidad y solicita una cita para presentar la denuncia. Es importante que acudas personalmente y lleves contigo todos los documentos y pruebas que respalden tu caso. El fiscal te indicará los siguientes pasos a seguir.

Paso 2: Presenta la denuncia

En la cita programada, debes presentar la denuncia por escrito y entregar todos los documentos que respalden tu caso. Es importante que proporcionas todos los detalles relevantes y describas de manera clara los hechos de la estafa agravada de la que has sido víctima.

Paso 3: Cooperación con las autoridades

Una vez presentada la denuncia, es importante cooperar con las autoridades en la investigación del caso. Esto implica brindar toda la información adicional que sea requerida y colaborar en lo que sea necesario para esclarecer los hechos.

Paso 4: Seguimiento del caso

Después de presentar la denuncia, es importante hacer un seguimiento regular del caso. Esto implica estar en contacto con el fiscal encargado y mantenerse informado sobre el avance de la investigación. Si tienes alguna nueva información o evidencia, es fundamental que la proporciones a las autoridades.

Conclusión

Presentar una denuncia por estafa agravada es un procedimiento que requiere seguir ciertos pasos y utilizar un modelo de denuncia adecuado. En este artículo, te hemos proporcionado información detallada sobre qué es la estafa agravada, cómo identificarla, y los pasos a seguir para presentar la denuncia. Recuerda que es importante cooperar con las autoridades durante todo el proceso y hacer un seguimiento regular del caso. Si has sido víctima de una estafa agravada, no dudes en tomar acciones legales para proteger tus derechos y contribuir a la lucha contra este delito.

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MODELO DE DENUNCA POR ESTAFA AGRAVADA
SEÑORES FISCALES DE TURNO DE LA CORPORATIVA DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD. PRESENTA DENUNCIA POR ESTAFA AGRAVADA OTROSÍ.- JUANA HOFFMAN CHILE Y MARIO CABA MACHADO , con cedula de identidad XXXXXXXX L.P., XXXXXX. LP., mayores de edad hábiles por ley, con domicilio en Barrio Bolivar Calle 3 Nº 5., casados mayores de edad, hábiles por ley, apersonándome ante ustedes con el debido respeto expongo y pido: ANTECEDENTES Resulta que en el mes de octubre de 2015, mi persona y esposo asistimos a varias presentaciones de GLOBAL INTERNACIONAL que realizaba el Señor Filemon Campero Flores en la ciudad de La Paz, en instalaciones del Hotel Stannum ubicado en el piso 5 de la Torre Multicine en la Avenida Arce, el día 28 de octubre de 2015 nos invitó a poder invertir en su compañía donde teníamos la posibilidad de ganar el 100% de interés en el plazo de 50 semanas y que al tratarse de una Empresa que comercializaba diamantes de forma lícita, íbamos a tener garantizadas las ganancias, de garantía y para constancia de que “GLOBAL INTERNACIONAL” operaba de forma legal en Bolivia nos invitó a que cualquier momento vayamos a conocer sus oficinas que llevaban el nombre de “Global Clube – GLOBAL INTERNACIONAL”, ubicabas en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra en la avenida Monseñor Santiestevan y que sea allí donde se entreguen los dineros además de ser también ese lugar donde se recogerían las ganancias que se generarían. A partir de esa fecha entablamos contacto directo con el Señor Filemón Campero Flores, nos pidió nuestros teléfonos de contacto y nos proporcionó su número telefónico y a menudo nos enviaba videos y audios referidos a GLOBAL INTERNACIONAL y las ganancias que generaba su compañía a nivel mundial. Motivados por toda la información que Filemón Campero nos dio a conocer y nos enviaba mediante las redes sociales, transmitimos esa información a nuestros familiares y amigos más cercanos, con el objetivo de formar un grupo y hacerles llegar una cantidad considerable de dinero para que genere ganancias. Durante los primeros días del mes de febrero de 2016, nos invitó a participar de una nueva presentación de GLOBAL INTERNACIONAL, nuevamente en el piso 5 de la Torre Multicine en inmediaciones del Hotel Stannum que se realizaría el día 15 de febrero de 2016 en la ciudad de La Paz donde radicábamos, encuentro al que asistimos y donde el Señor Filemon Campero nos reconoció y se acercó para aconsejarnos algunas estrategias que podíamos hacer, nos indicó que era mejor reunir el dinero de forma grupal ya que sólo nos interesaba duplicar el capital y no teníamos ningún interés en hacer el multinivel que ofrecía GLOBAL INTERNACIONAL, le aclaramos que solo íbamos a realizar el pago con la condición de que transcurridas las 50 semanas que él pedía sea él en persona quién nos devuelva dicho capital más su ganancia respectiva y él nos dijo que era un hombre de palabra, una persona seria y que no acostumbraba a fallar en las cosas que acordaba por tratarse de una persona pública. En este contexto decidimos confiar en la oferta de Filemon Campero, recolectando dinero de mis familiares y se logró recaudar la suma de 32.500 $us., de las siguientes personas: Juana Hoffman Chile 1.500 dólares Alberto Caba Machado 1.500 dólares Luis Enrique Hoffman Villar 7.000 dólares Magda Ayala Velásquez 6.000 dólares Carmen Ruth Corrales Ayala 10.000 dólares Bernice Chile Pacheco 3.000 dólares Carlos Mauricio Ninon Corrales 3.500 dólares Total.- 32.500 dólares Es así que el día domingo 28 de febrero de 2016, cuando el Señor Filemon Campero Flores después de brindar una exposición y presentación de GLOBAL INTERNACIONAL en instalaciones del Hotel Stannum ubicado en el piso 5 de la Torre Multicine en la Avenida Arce de la ciudad de La Paz, conversó con nosotros y le dijimos que con nuestros familiares y amigos más cercanos pudimos recaudar la suma de Treinta y Dos Mil Quinientos 00/100 Dólares Americanos (32.500 $us) y que no pudimos alcanzar la meta de recaudar los 36.000 $us., como él nos había indicado, y nos dijo que no había ningún problema que de igual forma íbamos a duplicar nuestro dinero en 50 semanas y nos indicó que llevemos el dinero a la ciudad de Santa Cruz y entreguemos dicho dinero personalmente en las oficinas de Global Clube, en la Avenida Monseñor Santiestevan ante lo cual rechazamos esa posibilidad porque yo contaba ya con siete meses de embarazo y mi esposo Alberto CABA no tenía disponibilidad de tiempo por su recarga laboral. Acordamos que en los siguientes días Filemon Campero nos escribiría un mensaje indicándonos su número de cuenta bancaria para hacer el depósito. En los siguientes días, Filemon Campero se contacta con mi esposo Alberto CABA y le dicta el número de cuenta bancaria 290-1135188 del Banco Nacional de Bolivia a nombre de la su secretaria la señora Zenobia Huarachez Gómez, además instruyó que luego de realizado el depósito se le envíe una fotografía de la constancia bancaria por WhatsApp. Con esa información, en fecha 01 de marzo de 2016, yo realizó el depósito bancario por la suma de Treinta y Dos mil Quinientos 00/100 Dólares Americanos (32.500 $us) dólares a la cuenta de la Señora Zenobia Huarachez Gomez y posteriormente se le envió al número de WhatsApp del Señor Filemon Campero la fotografía de la constancia bancaria, con ello se acordó que en las siguientes 25 semanas nos devolverían inicialmente los 32.500 $us., y que transcurridas otras 25 semanas más recibiríamos otros 32.500 $us., de ganancias, estableciéndose que la ganancia sería del 100% en un año aproximadamente; nos dijo que estuviésemos tranquilos que él cumpliría lo acordado. En el mes de agosto de 2016, vimos por las noticias en televisión que la Concejal Municipal de Santa Cruz Melody Téllez, salió ante los medios de comunicación denunciando al Señor Filemon Campero por la comisión de algunos delitos vinculados a GLOBAL INTERNACIONAL, situación que nos alertó de sobremanera y quisimos comunicarnos con él pero lamentablemente no pudimos hacerlo inmediatamente y fue así que empezamos a insistir hasta tomar contacto telefónico con el Señor Campero en los siguientes días, quién nos dijo que se trataban de difamaciones y calumnias en su contra y que su empresa estaba operando de manera normal, con esa explicación nos convenció y pidió que aguardemos unas semanas para el pago que todo marchaba bien. En el mes de septiembre de 2016, habiéndose cumplido las 25 semanas iniciales nos comunicamos con el Señor Filemon Campero para que nos efectúe la entrega de los primeros 32.500 dólares y nos indicó que había algún tipo de demora en sus pagos, que tuviéramos paciencia y que él nos iba a cancelar directamente el total al finalizar las 50 semanas o cumpliéndose el año a más tardar, que estemos tranquilos que él estaba con muchos viajes en el exterior, que para constancia de ello sigamos sus fotografías en las redes sociales y comprobemos ello, además dijo que estaban con cambios de plataforma virtual migrando a una de mayor capacidad por que la empresa estaba creciendo a pasos agigantados en Latinoamérica y el Caribe; situación que era ajena a nosotros ya que desconocíamos el manejo de su compañía y sólo nos limitamos al acuerdo realizado con el Señor Filemon Campero W. El día 6 de febrero de 2017, vimos en varios de los noticieros de circulación nacional que el Señor Filemon Campero Flores había sido recluido en la cárcel de Palmasola, al enterarnos de esa noticia quisimos comunicarnos con él pero no pudimos hacerlo desde esa fecha y durante varios meses, no tuvimos razón alguna ni de él ni de la Señora Zenobia Huarachez Gomez; se les escribieron varios mensajes pero ninguno de ellos eran respondidos, se les llamaron varias veces pero no atendían ninguna de las llamadas. En este contexto, nos hemos visto en un estado de indefensión total y vimos la necesidad de ahorrar dinero y poder trasladarnos a la ciudad de Santa Cruz a reclamar en persona los 32.500 $us., en las Oficinas de Global Clube y fue así que el día 30 de Junio de 2017 llegamos a las oficinas de Global Clube, calle Monseñor Santiestevan, en horas de la tarde, preguntamos por los Señores Filemon Campero y Zenobia Huarachez Gomez y las personas que trabajaban ahí dijeron no conocer a ninguno de ellos, todos dicen desconocer al Señor Filemon Campero sin embargo tienen fotografías de él colgadas en sus paredes. A partir de esa fecha hemos estado haciendo seguimientos a las publicaciones que salen en la Página de Facebook del Señor Filemon Campero pues al tratarse de una página pública las personas tienen acceso a ver las cosas que él comparte, y grande fue nuestra sorpresa al ver su publicación de fecha 31 de agosto de 2017 a horas 12:09, donde el Señor Filemon Campero promociona la obra teatral “Ser Uno” y el Mega Concierto en Vivo del cantante Brasilero Alexandre Pires, fijando en su propaganda como persona de contacto para la venta de entradas y mayores informaciones a la Dra. Zenobia Huarachez Gomez e indicando su número telefónico de contacto +591 72180646, dicho concierto se realizaría el domingo 10 de septiembre a horas 18:00, en el centro de convenciones Fexpocruz. En fecha 7 de septiembre de 2017 a horas 17:55 nuevamente se publica en la Página de Facebook del Señor Filemon Campero, la promoción de referido espectáculo y se señala nuevamente el número de contacto +591 72180646 para mayor información. Con ello demuestran que la Sra. Zenobia Huarachez Gomez seguiría trabajando con el señor Filemon Campero Flores. Posteriormente a ello volvimos a escribirle mensajes de texto al celular del Señor Filemon Campero Flores para reclamar el pago del dinero pero tras leer los mensajes nos respondió que no sabía quiénes éramos, que nunca hablamos con él y que él jamás había recibido dinero de nuestra parte, ante este supuesto desconocimiento es que Alberto CABA le envío la foto del depósito bancario realizado el 1 de marzo de 2016 recordándole que Filemon Campero instruyó se haga el depósito bancario a la cuenta de Zenobia Huarachez Gomez. FUNDAMENTACIÓN LEGAL.- CÓDIGO PENAL Artículo 14.- (DOLO). Código Penal “Actúa dolosamente el que realiza un hecho previsto en un tipo penal con conocimiento y voluntad. Para ello es suficiente que el autor considere seriamente posible su realización y acepte esta posibilidad”. Artículo 20.- (AUTORES). Código Penal “Son autores quienes realizan el hecho por si solo, conjuntamente, por medio de otro o los que dolosamente prestan una cooperación de tal naturaleza, sin la cual no habría podido cometerse el hecho antijurídico doloso. Es autor mediato el que dolosamente se sirve de otro como instrumento para la realización del delito.” Artículo 23.- (COMPLICIDAD). Código Penal “Es cómplice el que dolosamente facilite o coopere a la ejecución del hecho antijurídico doloso, en tal forma que aun sin esa ayuda se habría cometido; y el que en virtud de promesas anteriores, preste asistencia o ayuda con posterioridad al hecho”. Artículo 132.- (ASOCIACIÓN DELICTUOSA). Código Penal “El que formare parte de una asociación de cuatro o más personas, destinada a cometer delitos, será sancionado con reclusión de seis meses a dos años o prestación de trabajo de un mes a un año. Igual pena se aplicará a los que formaren parte de bandas juveniles con objeto de provocar desórdenes, ultrajes, injurias o cualquier otro delito”. Artículo 335. (ESTAFA). El que con la intención de obtener para sí o un tercero un beneficio económico indebido, mediante engaños o artificios provoque o fortalezca error en otro que motive la realización de un acto de disposición patrimonial en perjuicio del sujeto en error o de un tercero, será sancionado con reclusión de uno (1) a cinco (5) años y con multa de sesenta (60) a doscientos (200) días. Artículo 346 bis.- (AGRAVACION EN CASO DE VICTIMAS MULTIPLES). “los delitos tipificados en los Art. 335, 337, 343, 344, 345, 346 y 363 bis de este código, cuando se realicen en perjuicio de victimas multiples, serán sancionados con reclusión de libertad de tres (3) a diez (10) años y con multa de cien (100) a quinientos (500) días. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Artículo 115. I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones. Artículo 119. I. Las partes en conflicto gozarán de igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y los derechos que les asistan, sea por la vía ordinaria o por la indígena originaria campesina. II. Toda persona tiene derecho inviolable a la defensa. El Estado proporcionará a las personas denunciadas o imputadas una defensora o un defensor gratuito, en los casos en que éstas no cuenten con los recursos económicos necesarios. Artículo 120. I. Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial, y no podrá ser juzgada por comisiones especiales ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con anterioridad al hecho de la causa…. *El Estado garantiza al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural y oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones…. Precepto que guarda relación con el art. 117.I de la Norma Suprema, normativas supremas que garantizan a las personas que durante un proceso al que se encuentran sometidos, se respetarán sus derechos y garantías fundamentales, los que de la misma manera están consagrados por los Instrumentos Internacionales como en la Declaración Universal de Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas del 10 de Diciembre de 1948; la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Bolivia mediante la Ley 1430 de 11 de febrero de 1993; por la cual las autoridades sean judiciales o administrativas, a tiempo de sustanciar el proceso deben hacerlo respetando las reglas del debido proceso. (SCP 0094/2015-S1 del 13 de febrero, 0384/2015-S2, del 8 de abril). PRUEBAS DOCUMENTALES 1.- Fotocopia de comprobante de depósito bancario del Banco Nacional de Bolivia. 2.- Imágenes del Estafador Filemon Campero Flores, donde oferta el NEGOCIO DE PAY DIAMON. 3.- Fotografías de Zenobia Huarachez Gomez persona que recibió el dinero estafado en su cuenta bancaria. 4.- Fotografía de nosotros y el Estafador Filemon Campero Flores PETITORIO.- Por todo lo expuesto Señores Fiscales y con el principio consagrado por el Código de Procedimiento Penal en actual vigencia, art. 284 (DENUNCIA) del mismo Código, se tiene que del análisis de lo injusto; vuestra autoridad podrá advertir que las pruebas preconstituidas demuestran en primera instancia en forma tangible el objeto material del delito producto de una conducta antijurídica. Por lo cual en consideración a la naturaleza intrínseca de la acción de los sindicados, la relación de causalidad material y subjetiva o imputatio facti se infiere la culpabilidad del hecho de los Sres. FILEMON CAMPERO FLORES como autor intelctual y la señora ZENOBIA HUARACHEZ GOMEZ, por ser la autora material persona que por su voluntariedad y la representación de llegar a un resultado querido y previsto; que no es otra cosa que el provecho obtenido en razón a su actitud sospechosa dando lugar a una responsabilidad penal que muy aparte de estos presupuestos necesarios se debe considerar la existencia de un concurso ideal de delitos como conclusión natural de su acción ya que los denunciados han adecuado su conducta a la descripción objetiva contenida en siguientes tipos penales: ESTAFA AGRAVADA previstos y sancionados en nuestro ordenamiento punitivo en sus Arts. 346 bis del Código Penal, por lo que solicito requiera por la IMPUTACIÓN FORMAL PREVISTO EN EL ART. 302 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL, EN DEFINITIVA EL REQUERIMIENTO CONCLUSIVO SEA POR LA ACUSACIÓN FORMAL ANTE EL JUEZ DE TURNO Y SE LE IMPRIMA EL TRAMITE DE RIGOR A CUYO EFECTO SOLICITO SEA CON APREHENSIÓN PARA LOS CO-IMPUTADOS.- “POENA, ET OMNIM BONORUM PUBLICATIO…” (SE PENA POR EL BIEN COMUN QUE ES DE INTERES PUBLICO.” Otrosí 1.- A efectos del resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados por la comisión del delito y en observancia a lo dispuesto en el Art. 36 del Código Procedimiento Penal, me constituyo en parte civil, pidiendo se tenga presente. Otrosí 2- Las generales de los denunciados son: FILEMON CAMPERO FLORES, mayor de edad y hábil por ley, desconozco su estado civil, con domicilio en la Av. ……….. Nº………., adjunto croquis ZENOBIA HUARACHEZ GOMEZ, mayor de edad, hábil por ley, domicilio Av. ……….. Barrio …………., Carnet de Identidad ………….. SC., de profesión médico cirujano. Otrosí 3.- Los honorarios del suscrito profesional se rigen de acuerdo al Arancel Mínimo del Colegio de Abogados.- Otrosí 4.- Señalo como domicilio Procesal …………………….. Santa Cruz, 02 de Marzo de 2022
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