MODELO MEMORIAL DE OBJECION A LA RESOLUCION FISCAL

28 de abril del 2024

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¿Estás buscando un modelo de memorial de objeción a la resolución fiscal? ¡Has llegado al lugar correcto! En este artículo, te brindaré toda la información que necesitas sobre este tema. Comprenderás qué es un memorial de objeción a la resolución fiscal, cómo redactarlo correctamente y cuáles son los fundamentos legales necesarios para presentar una objeción válida. Además, te daré consejos y sugerencias para maximizar tus posibilidades de éxito en este proceso. Así que no pierdas más tiempo y continúa leyendo para conocer todos los detalles sobre el modelo de memorial de objeción a la resolución fiscal.

¿Qué es un memorial de objeción a la resolución fiscal?

Antes de entrar en detalles sobre cómo redactar un memorial de objeción a la resolución fiscal, es fundamental comprender qué es y cuál es su finalidad. Un memorial de objeción es un documento legal que se utiliza para impugnar una resolución fiscal o una decisión tomada por una autoridad tributaria.

La resolución fiscal es el documento mediante el cual la autoridad tributaria determina o establece una obligación tributaria para un contribuyente. Esta resolución puede ser emitida en el marco de un procedimiento administrativo o como resultado de una auditoría fiscal. Sin embargo, es importante destacar que las resoluciones fiscales no siempre son correctas o justas, lo que da lugar a la necesidad de presentar una objeción.

El objetivo central de un memorial de objeción es impugnar los aspectos de una resolución fiscal que consideramos incorrectos o injustos. Para ello, debemos presentar argumentos legales sólidos y fundamentados para respaldar nuestra objeción. Presentar un memorial de objeción es un derecho que tenemos como contribuyentes y es una etapa clave en el proceso de defensa de nuestros intereses ante la autoridad tributaria.

¿Cómo redactar un memorial de objeción a la resolución fiscal correctamente?

La redacción y presentación de un memorial de objeción a la resolución fiscal es una tarea que requiere cuidado y precisión. A continuación, te brindaré los pasos clave para redactar un memorial efectivo:

1. Encabezado: En la parte superior del memorial, debes incluir la información necesaria para identificar el caso, como el nombre del fiscal, el número de caso y cualquier otra información relevante.

2. Introducción: En esta sección, debes comenzar explicando el motivo de tu objeción a la resolución fiscal y declarar claramente cuál es tu pedido. Debes ser conciso y claro en tus planteamientos.

3. Hechos: A continuación, debes enumerar y detallar los hechos relevantes relacionados con la resolución fiscal que estás impugnando. Debes ser preciso y proporcionar toda la información necesaria.

4. Fundamentos legales: Esta sección es fundamental, ya que aquí debes presentar los argumentos legales que respaldan tu objeción. Debes citar y mencionar las leyes, reglamentos y precedentes judiciales aplicables a tu caso. Si es necesario, puedes contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho tributario para fortalecer tus fundamentos legales.

5. Conclusión: En la última sección de tu memorial, debes reafirmar tu pedido y solicitar a la autoridad tributaria que reconsidere su resolución fiscal. También puedes incluir una solicitud para que se realice una audiencia o se revisen las pruebas presentadas.

6. Firma y notificación: Finalmente, debes firmar el memorial y enviarlo a la autoridad tributaria. Es importante que sigas los procedimientos establecidos por dicha autoridad en cuanto a la forma de notificar tu objeción.

Fundamentos legales para presentar una objeción válida

En la presentación de un memorial de objeción a la resolución fiscal, es esencial respaldar nuestra objeción con fundamentos legales sólidos. Aquí te brindo algunos de los fundamentos legales más comunes utilizados en este tipo de objeciones:

– Violación de derechos constitucionales: Puede presentarse una objeción alegando que la resolución fiscal viola los derechos constitucionales del contribuyente, como el derecho a la defensa, el derecho a la propiedad o el derecho a un debido proceso.

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– Interpretación incorrecta de la ley: Si consideras que la autoridad tributaria ha interpretado incorrectamente la ley o ha realizado una aplicación errónea de la misma, puedes impugnar la resolución fiscal en base a esta argumentación.

– Vicios formales: Si la resolución fiscal contiene vicios formales, como errores en la notificación o en los plazos establecidos por la ley, también puedes presentar una objeción basada en estos vicios.

– Falta de fundamentación: Si la resolución fiscal carece de una fundamentación adecuada o no explica de manera clara las razones para establecer la obligación tributaria, puedes presentar una objeción argumentando esta falta de fundamentación.

Consejos y sugerencias para maximizar tus posibilidades de éxito

Presentar un memorial de objeción a la resolución fiscal puede ser un proceso complejo y requiere estar bien preparado. A continuación, te brindo algunos consejos y sugerencias que pueden ayudarte a maximizar tus posibilidades de éxito:

– Documenta todos los hechos: Es fundamental tener evidencia y documentación sólida que respalde tus argumentos. Recopila todos los documentos relevantes, como contratos, facturas, estados financieros, entre otros.

– Busca asesoramiento legal: Siempre es recomendable contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho tributario. Un profesional experimentado podrá brindarte orientación y ayudarte a fortalecer tus argumentos legales.

– Sigue los plazos y procedimientos establecidos: Asegúrate de cumplir con todos los plazos y procedimientos establecidos por la autoridad tributaria para la presentación de la objeción. Esto incluye la forma de notificar tu objeción y los plazos para hacerlo.

– Mantén la objetividad y la claridad: Al redactar tu memorial, evita caer en tonos emocionales o subjetivos. Mantén un tono objetivo y claro, fundamentado en hechos y fundamentos legales.

– Revisa tu memorial antes de presentarlo: Antes de enviar tu memorial, revísalo cuidadosamente para asegurarte de que no haya errores gramaticales o de redacción. Un memorial bien presentado y sin errores aumentará tus posibilidades de éxito.

– No te rindas: Si tu objeción es rechazada inicialmente, no te desanimes. Puedes tener derecho a presentar recursos adicionales o apelaciones. Siempre es posible seguir luchando por tus derechos.

Conclusiones

En resumen, un memorial de objeción a la resolución fiscal es un documento clave para impugnar una resolución fiscal injusta o incorrecta. A lo largo de este artículo, te he brindado toda la información necesaria para redactar un memorial de objeción efectivo, incluyendo los pasos clave, los fundamentos legales comunes y consejos para maximizar tus posibilidades de éxito.

Recuerda que presentar un memorial de objeción es un derecho que tienes como contribuyente y puede ser una herramienta eficaz para defender tus derechos frente a la autoridad tributaria. Siempre es recomendable contar con el acompañamiento de un abogado especializado en derecho tributario para maximizar tus posibilidades de éxito en este proceso.

Espero que este artículo haya sido útil y te haya brindado la información que estabas buscando sobre el modelo de memorial de objeción a la resolución fiscal. Recuerda siempre consultar a un profesional para obtener asesoramiento legal adecuado a tu caso particular. ¡Mucho éxito en tu proceso de objeción fiscal!

MODELO MEMORIAL DE OBJECION A LA RESOLUCION FISCAL en WORD

MODELO MEMORIAL DE OBJECION A LA RESOLUCION FISCAL
MODELO DE OBJECION A LA RESOLUCION FISCAL SEÑOR FISCAL ADSCRITO A LA FUERZA ESPECIAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN, DIVISION ESPECIALIZADA DE LA FISCALIA ANTICORRUPCION Y LEGITIMACION DE GANANCIAS ILICITAS, ADUNEROS Y TRIBUTARIOS, DR. ………………… , POLICIA ……………, CASO No. …./2018.- OBJETA RESOLUCION FISCAL.- OTROSI.- RAUL ROMERO MEDINA, dentro de la querella interpuesta contra FRANCO MONTERO OSSORIO, por el delito de FALSEDAD IDEOLOGICA, FALSEDAD MATERIAL Y FALSIFICACION DE FIRMAS, ante su autoridad con el debido respeto digo y pido: Señor Fiscal, habiendo tenido conocimiento de su rechazo a mi denuncia y querella que tengo formulada por los delitos de Falsedad Ideológica y Otros, y amparado en el Art. 305 del Código de Procedimiento Penal, OPONGO OBJECION a este rechazo, bajo los siguientes fundamentos legales: 1.- Mi persona como he manifestado tanto en mi denuncia como en mi querella jamas ha sido citada con la demanda y Auto de intimación de pago en fecha 17 de Marzo de 1.998, dentro del Juicio Ejecutivo seguido por ALKE & CIA contra DAMARIS ROMERO DE BRAUM y mi persona, y de la misma forma en el cuadernillo de investigación se encuentra la declaración informativa de MARIANO OROZCO MEDINA, supuesto testigo de actuación motivo de la litis, quién a manifestado contundentemente de que no es su firma y que nunca fue testigo de actuación en el caso que nos ocupa, de la misma forma lo ha expresado en forma directa en su querella de fecha 22 de Marzo de 2.018, de que su persona jamas ni nunca en fecha 17 de Marzo de 2013 lo hubiese acompañado al querellado FRANCO MONTERO OSSORIO para que supuestamente se practique una citación con la demanda y Auto de Intimación de Pago a RAUL ROMERO MEDINA. 2.- Su autoridad para dictar su Resolución Fiscal, de fecha 19 de Agosto del presente año, manifiesta que del análisis acumulado y aplicando el criterio de objetividad establecido por el Art. 8 de la Ley del Ministerio Público (Ley 260) y Art.72 del –código de procedimiento Penal, se tiene que: a.- A quedado comprobado que MARIO OROZCO MEDINA trabajó como Oficial de Diligencias del Juzgado 2do. De Materia Coactiva desde Enero de 2010 hasta noviembre de 2012, y que el querellado FRANCO MONTERO OSSORIO también era Oficial de Diligencia y ambos trabajaban en el piso 15 del Palacio de Justicia. b.- También su autoridad fundamenta de que si bien el querellante RAUL ROMERO MEDINA alega no haber sido notificado, la misma exposición fue hecha en su apelación, pero bajo otro fundamento, no pudiendo demostrar lo contrario y/o al menos en esta acción, no se ha podido demostrar que MARIANO OROZCO MEDINA, que no haya participado en dicha actuación que según Procedimiento Civil, da fe de los actuados por el Oficial de Diligencias de le época. Señor Fiscal, en cuanto al supuesto análisis parcializado realizado por su autoridad deja mucho que pensar por su actuación tanto, desde el inicio de la etapa preparatoria hasta su infundada Resolución Fiscal de fecha 19 de Agosto del presente año, donde alegremente rechaza la denuncia y querella presentada por mi persona y MARIO OROZCO MEDINA, pues jamás ni nunca usted a actuado con principio de objetividad establecido en el Art.5 de la Ley del Ministerio Público y Art.72 del Código de Procedimiento Penal, por que en primer lugar su autoridad hace unos análisis para dictar su Resolución Fiscal, en que si MARIANO OROZCO MEDINA, trabajaba en los Juzgados en la época que se realizó la fraudulenta citación judicial contra mi persona, como también fundamenta de que yo RAUL ROMERO MEDINA he practicado la misma exposición en la Apelación dentro del juicio ejecutivo que sigue ALKE & CIA. Contra DAMARIS ROMERO DE BRAUM y RAUL ROMERO, Y QUE NO HE PODIDO DEMOSTRAR QUE MARIANO OROZCO MEDINA NO HAYA PARTICIPADO EN DICHA ACTUACION Y QUE SEGÚN EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DA FE DE LO ACTUADO POR EL OFICIAL DE DILIGENCIAS, Señor Fiscal, Su autoridad debe analizar con mejor criterio jurídico las actuaciones o el cuadernillo de investigación preliminar, por que un juicio ejecutivo donde he sufrido la indefensión y como usted claramente manifiesta de que mi Apelación hecha contra la Sentencia del juicio ejecutivo seguido por ALKE & CIA, no he podido demostrar la no-participación de MARIO OROZCO MEDINA, siendo de que es una Apelación de un juicio ejecutivo y no un juicio ordinario, y por esa razón Señor Fiscal, de que mi persona conjuntamente MARIO OROZCO MEDINA, iniciamos la presente acción penal para demostrar únicamente QUE EL 17 DE MARZO DE 2011 MI PERSONA JAMAS NI NUNCA FUE CITADA CON LA DEMANDA EJECUTIVA Y AUTO DE INTIMACION DE PAGO, SEGUIDO POR ALKE & CIA CONTRA MI PERSONA, Y LA FALSIFICACION DE LA FIRMA DE MARIANO OROZCO MEDINA, QUE ÉL MANIFESTADO EN SU QUERELLA NO HABER SIDO TESTIGO DE ACTUACIÓN, Y PRUEBA DE ELLO SEÑOR FISCAL, FUE DEMOSTRADO EN EL ESTUDIO GRAFOTECNICO PRACTICADO POR EL CAP. RODOLFO IPORRE MOSTAJO, PERITO DOCUMENTOLOGO EN FECHA 27 DE JUNIO DE 2016, QUE SE ENCUENTRA DENTRO DEL CUADERNILLO DE INVESTIGACION PRELIMINAR QUE SU AUTROIDAD NO HA VALORADO MINIMAMENTE EL REFERIDO INFORME GRAFOTECNICO. POR QUE LA DENUNCIA Y QUERELLA ES REFERENTE A LA FALSIFICACION DE FIRMA DEL 17 DE MARZO DE 1998 Y NO DE OTRAS ACTUACIONES COMO PARCIALIZADAMENTE SU AUTORIDAD ORDENA QUE PRACTIQUE UNA AMPLIACION DEL ESTUDIO GRAFOTECNICO DE OTRAS ACTUACIONES QUE NO ES DE LO QUE MI PERSONA DENUNCIO Y SE QUERELLO POR LA FALSIFICACION DE FIRMAS EL 17 DE MARZO DE 2012. PETITORIO DE ORDEN LEGAL.- Por todo lo expuesto anteriormente Señor Fiscal, y en mérito a lo previsto por el Art.305 del Código de Procedimiento Penal, es que presento la OBJECION A LA RESOLUCION FISCAL, DE FECHA 19 DE AGOSTO DEL PRESENTE DONDE RECHAZA LA DENUNCIA Y QUERELLA, pidiendo se disponga la remisión al superior en grado en el término. OTROSI 1o.- Independientemente del Fallo del Superior me reservo el derecho de pedir en su oportunidad la Conversión de la acción estipulada en el Art.305 parte última del Código de Procedimiento Penal, concordante con el Art.26 del mismo cuerpo legal, pidiendo se tome en cuenta lo anunciado. OTROSI 2º.- Me reservo el derecho de apersonarme ante el Superior en Grado a objeto de presentar más elementos de juicios o reafirmar los agravios sufridos. OTROSI 3º .- Solicito se emext9ienda fotocopia legalizada de todo el cuadernillo de investigación preliminar hasta la ultima actuación del presente memorial protestando correr con todos los gastos emergentes de la presente solicitud OTROSI 4º .- mi domicilio procesal se encuentra señalado. Santa Cruz 22 de agosto de 2018
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SEÑOR FISCAL ADSCRITO A LA ECONOMICOS Y FINANCIEROS DE LA POLICIA TECNICA JUDICIAL, DR. LUCIO HINOJOSA SOLICITA DIA Y HORA DE AUDIENCIA.- OTROSI.- MARIO VILLAFAN MACHICADO, con C.I. No. 2529993 L.P., mayor de edad, hábil por ley, vecino de esta ciudad, dentro de las investigaciones por la supuesta comisión del delito de Estelionato que me sigue GUILLERMO JALDIN RODRIGUEZ, en representación de JUAN TORRICO PAREDEZ y POLICARPIA UGARTE RODRIGUEZ, caso a cargo del policía Sub Of. BARRIOS, con el No. PTJ0209458, ante su autoridad con todo respeto expongo y pido: Señor Fiscal, aproximadamente hace seis meses que mis actividades laborales las llevo a cabo en el Edif. Shwann, ubicado en la calle 24 de septiembre No 663, Of. 12, y no en la calle Republiquetas No 700, lugar en el que trabajaba antes y que extraoficialmente me entere que me dejaron un aviso fiscal. Mi persona es muy respetuosa de las leyes, y con el propósito de aclarar este caso y no entorpecer las investigaciones, es que solicito a Ud. Señor Fiscal, quiera señalar día, hora y fecha, para que mi persona preste la respectiva declaración informativa de conformidad a lo establecido en el Art. 97 y 223 del Nuevo Código de Procedimiento Penal, esto a objeto de desvirtuar esta temeraria denuncia y sobre todo a efecto de hacer prevalecer mis derechos constitucionales. Otrosí 1ro.- Solicito se me extienda fotocopias legalizadas de la denuncia, querella y todas las actuaciones del presente caso. Otrosí 2do.- Para conocer providencias señalo como domicilio, el Estudio Juríco de mi Abogado, calle Fortín Corrales No 59, Edf. LEGAL CONSULT, planta baja Of. No 3 Santa cruz de la Sierra, 08 de Enero de 2003
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MARIO VILLAFAN MACHICADO

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