DOCUMENTO PRIVADO DE CONFORMIDAD SOBRE LIMITES Y COLINDANCIAS DE URBANIZACIONES
Conste por el presente documento privado de conformidad sobre límites y colindancias de urbanizaciones, suscrito de conformidad al Art. 519 del Código Civil, que a solo reconocimiento de firmas y rubricas tendrá efecto como instrumento público, suscrito bajo las siguientes clausulas:
PRIMERO.- Por una parte el señor: TEODOSIO ESPINOZA MAMANI, con C.I. Nº 2531955 L.P., mayor de edad, hábil por derecho, boliviano, declara ser legitimo poseedor de varios lotes de terrenos que alcanza una extensión superficial total de de 6 hectáreas, ubicados en la Urbanización CHACALTAYA ex fundo EL INGENIO, DISTRITO MUNICIPAL Nº 5, SECTOR EX SAMAPA DE LA CIUDAD DE EL ALTO, con titulo Ejecutorial Nº 211619.- que tiene las siguientes colindancias: AL NORTE COLINDA CON LA CALLE HUAYA POTOSI, AL SUR colinda con la calle Continental.
Por su parte LA URBANIZACION ILLIMANI, de una extensión superficial de 42.245,36 mts2., registrado en Derechos Reales bajo la de Matricula de Folio Real: 2013010005517.- ubicado en la ciudad de El Alto, representado por el señor: EDDY RIMBERTO MOLLERICONA YUJRA, con C.I. Nº 6073117 L.P., en calidad de presidente de junta de vecinos, siendo que esta urbanización están compuesto de varios lotes de terrenos, que limita con la urbanización Chacaltaya.
SEGUNDO.- Al Presente de manera libre y voluntario considerando que ambas urbanizaciones representados por las personas indicados suscriben el presente documento de conformidad sobre limites, dado que ambas urbanizaciones son colindantes, que consiste en lo siguiente:
1.- Ambas Urbanizaciones se encuentran separados únicamente por la Av. Teodosio Espinoza.
2.- Ambas urbanizaciones representados por los señores: Teodosio Espinoza Mamani de la Urbanización Chacaltaya y el señor: EDDY RIMBERTO MOLLERICONA YUJRA, en calidad de presidente de junta de vecinos y en representación de la Urbanización Illimani, declaran expresamente que reconocen como único limite la Av. Teodosio Espinoza.
3.- Ambos suscribientes nos comprometemos a respetar como límite que separa nuestras urbanizaciones la Av. Teodosio Espinoza.
4.- Ninguno de los suscribientes puede atravesar la Av. Teodosio Espinosa, en la parte que limita nuestros lotes de terrenos, debiendo respetar todo el ancho de la mencionada Avenida.
5.- Cada uno de los suscribientes en representación de sus urbanizaciones pueden legalizar su derecho propietario, respetando la superficie y los límites establecidos según plano correspondiente de cada urbanización.
6.- Así mismo se adjunta plano topográfico, documento indivisible que respalda el presente acuerdo.
7.- Ambas partes declaran y aceptan que el presente documento tendrá pleno valor legal y deberá ser respetado en instancias de autoridad jurisdiccional competente.TERCERO.- Nosotros: Teodosio Espinoza Mamani, por una parte como representante de la Urbanización Chacaltaya y por otra parte el señor:………………..
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