MODELO CONTRATO DE CONFORMIDAD SOBRE LIMITES Y COLINDANCIAS DE URBANIZACIONES

14 de octubre del 2024

DOCUMENTO  PRIVADO  DE CONFORMIDAD  SOBRE LIMITES  Y COLINDANCIAS DE  URBANIZACIONES

Conste por el presente documento privado de conformidad sobre límites y colindancias de urbanizaciones, suscrito de conformidad  al Art. 519 del Código Civil, que a solo reconocimiento  de firmas y rubricas tendrá efecto como instrumento público, suscrito bajo las siguientes clausulas:

PRIMERO.- Por una parte el señor: TEODOSIO ESPINOZA MAMANI, con  C.I. Nº 2531955 L.P., mayor de edad, hábil por derecho, boliviano, declara ser legitimo poseedor  de varios lotes de terrenos que alcanza una extensión superficial total de de 6 hectáreas, ubicados en la Urbanización CHACALTAYA ex fundo  EL INGENIO, DISTRITO MUNICIPAL  Nº 5, SECTOR EX SAMAPA  DE LA CIUDAD DE EL ALTO, con titulo Ejecutorial Nº 211619.- que tiene las siguientes colindancias: AL NORTE COLINDA CON LA CALLE HUAYA POTOSI, AL SUR colinda con la calle Continental.

Por su parte LA URBANIZACION ILLIMANI,    de una extensión superficial de 42.245,36 mts2.,  registrado en Derechos Reales bajo la  de Matricula de Folio Real: 2013010005517.-  ubicado en la ciudad de El Alto,  representado  por  el señor: EDDY RIMBERTO  MOLLERICONA YUJRA, con C.I. Nº 6073117 L.P., en calidad de  presidente de junta de vecinos, siendo que esta  urbanización  están compuesto de varios lotes de terrenos,  que limita  con la urbanización Chacaltaya.

SEGUNDO.-  Al  Presente de manera libre y voluntario considerando que ambas urbanizaciones  representados por las personas indicados   suscriben  el presente documento  de conformidad sobre limites, dado que ambas urbanizaciones son colindantes, que  consiste en lo siguiente:

1.-   Ambas Urbanizaciones  se encuentran separados únicamente  por la Av. Teodosio Espinoza.

Vea También:  MODELO DE CONTRATO DE CONSTRUCCION

2.- Ambas urbanizaciones  representados por los señores:   Teodosio  Espinoza Mamani de la Urbanización Chacaltaya y el señor: EDDY RIMBERTO  MOLLERICONA YUJRA, en calidad de presidente  de junta de vecinos y en representación  de la Urbanización Illimani,  declaran expresamente que reconocen como  único limite la Av.  Teodosio Espinoza.

3.- Ambos suscribientes nos comprometemos a respetar  como límite que separa  nuestras urbanizaciones  la Av. Teodosio Espinoza.

4.- Ninguno  de los suscribientes puede atravesar la Av. Teodosio  Espinosa, en la parte que limita nuestros lotes de terrenos, debiendo respetar todo el ancho  de la mencionada  Avenida.

5.- Cada uno de los suscribientes en representación de sus urbanizaciones pueden legalizar  su derecho propietario, respetando la superficie  y los límites  establecidos según plano correspondiente de cada urbanización.

6.-  Así mismo se adjunta plano topográfico, documento indivisible  que respalda el presente acuerdo.

7.-  Ambas partes declaran y aceptan que el presente documento tendrá pleno valor legal y deberá ser respetado en instancias de autoridad jurisdiccional competente.TERCERO.- Nosotros: Teodosio Espinoza Mamani, por una parte como representante de la Urbanización Chacaltaya  y por otra parte el señor:………………..

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