La renuncia de herencia constituye una manifestación de voluntad en virtud de la cual el heredero decide abandonar su derecho a suceder en los bienes y obligaciones del fallecido. Debe hacerse de forma expresa y por escrito ante notario de fé pública y puede ser total o parcial.
MINUTA RENUNCIA DE HERENCIA
Señor Notario de Fe Pública entre los registros de Escrituras Públicas que corren a su cargo sírvase insertar una de RENUNCIA EXPRESA A HERENCIA, al amparo de lo establecido en el Art. 59 de la Ley del Notariado Plurinacional, la misma que es suscrita bajo el tenor de las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA.- Dirá Usted que, Nosotras JAQUELINE ELIANA REYNA YAPUCHURA con C.I. No. 10902689 L.P. y MASSIEL REYNA YAPUCHURA con C.I. 10902655 L.P., mayores de edad y hábiles por derecho, declaramos que somos hijas legitimas de mi recordado y desaparecido padre ALBERTO RENE REYNA, quien a la fecha fue declarado MUERTO PRESUNTA ARTEAGA, conforme consta en el certificado de defunción emitida por el CERESI de esta ciudad.
SEGUNDA.- Así mismo declaramos que en vida mi abuela de nombre FRANCISCA ARTEAGA ILLANES , la misma que falleció en fecha 11 de Mayo de 2011, la misma que tenía dos hijos de nombres CONSUELO FRANCISCA REYNA ARTEAGA Y ALBERTO RENE REYNA ARTEAGA, SUGUN LAS CIRCUNSTANCIAS, de la vida falleció también nuestro padre de nombre ALBERTO RENE REYNA ARTEAGA, el mismo que dejo dos hijas de nombres JAQUELINE ELIANA REYNA YAPUCHURA Y MASSIEL REYNA YAPUCHURA, quien ahora fungimos como sucesoras de todo lo fincado al fallecimiento de nuestra abuela y de nuestro padre ALBERTO RENE REYNA ARTEAGA, es en este sentido y en conformidad al Art 59 de la Ley del Notariado Plurinacional efectuamos la RENUNCIA EXPRESA A LA HERENCIA que nos corresponde por estirpe de todos los bienes fincados por nuestra abuela la señora FRANCISCA ARTEAGA ILLANES.
TERCERA.- Al presente sin que medio dolo, presión ni vicio en el consentimiento nosotras JAQUELINE ELIANA REYNA YAPUCHURA Y MASSIEL REYNA YAPUCHURA, de manera voluntaria, renunciamos a toda la herencia indicada en líneas supra por completo.
CUARTA.- Finalmente, Nosotras: JAQUELINE ELIANA REYNA YAPUCHURA con C.I. 10902689 L.P. y MASSIEL REYNA YAPUCHURA con C.I. 10902655 L.P., como renunciantes a la herencia, damos nuestra absoluta conformidad a todas y cada una de las cláusulas precedentes, en señal del cual firmamos al pie, sometiéndome a su fiel y estricto cumplimiento, OTORGÁNDOLE AL MISMO VALOR DE DOCUMENTO PRIVADO en tanto sea elevado a instrumento público.
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Considero que la renuncia a los efectos patrimoniales de una sucesion hereditaria no puede sujetarse a un Art. de la Ley [ DEL SERVICIO NOTARIAL, cuando el referente legal es el C.Civil. ARTÍCULO 1052. (RENUNCIA A LA HERENCIA).-
La renuncia a la herencia siempre debe ser expresa y manifestada mediante declaración escrita hecha ante el
juez -EN ESTE CASO ANTE EL NOTARIO-
Me salvaste, tenia practica de sucesiones
gracias
Son muy útiles los modelos de memoriales, sobre todo cuando uno es estudiante…