Modelo de Instructiva de Poder para Representante Legal de Empresa

14 de octubre del 2024

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Modelo de Instructiva de Poder para Representante Legal de Empresa

Bienvenidos al blog de abogados, donde nos especializamos en brindar información legal y asesoramiento jurídico. En esta ocasión, abordaremos el tema del modelo de instructiva de poder para representante legal de empresa. Si eres un empresario o tienes interés en el ámbito legal empresarial, este artículo te proporcionará una guía completa y detallada sobre cómo redactar este documento de manera adecuada.

Es importante comenzar por entender qué es un modelo de instructiva de poder para representante legal de empresa y cuál es su función. Básicamente, este es un documento legal que otorga autoridad y poder a una persona en representación de una empresa para llevar a cabo ciertas gestiones y actos legales en su nombre.

El representante legal de una empresa tiene la responsabilidad de actuar como el representante legal autorizado y de tomar decisiones en nombre de la empresa de acuerdo con la ley y los estatutos de la misma. Por lo tanto, es esencial contar con un poder que establezca claramente los límites y las obligaciones del representante legal.

Tener un modelo de instructiva de poder sólido y bien redactado es fundamental para cualquier empresa, ya que proporciona claridad y garantiza que todos los actos realizados por el representante legal estén respaldados por una autoridad legal adecuada. Ahora, enfoquémonos en los elementos clave que deben estar presentes en este tipo de documento.

Información del Conferente y del Representante Legal

El modelo de instructiva de poder debe comenzar a con un apartado donde se especifiquen los datos personales tanto del conferente (representante legal) como del representante legal autorizado. Esto incluye el nombre completo, número de identificación personal, dirección y otra información básica relevante.

Descripción de la Empresa

A continuación, es importante proporcionar una descripción clara y concisa de la empresa en cuestión. Esto incluye información sobre la denominación social, el NÚMERO de IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (NIT), así como cualquier información adicional relevante sobre la naturaleza de la empresa y sus actividades comerciales.

Poder Específico y Limitado

El siguiente elemento clave del modelo de instructiva de poder es establecer los poderes específicos y limitados que se otorgan al representante legal. Esto puede incluir la capacidad de celebrar contratos en nombre de la empresa, representarla en procesos judiciales, realizar transacciones financieras o llevar a cabo trámites administrativos, entre otros actos legales autorizados.

Es importante ser lo más detallado y específico posible, ya que esto evitará malentendidos o interpretaciones erróneas de los poderes otorgados.

Duración del Poder

El modelo de instructiva de poder debe indicar la duración del poder, es decir, el período de tiempo durante el cual el representante legal autorizado podrá ejercer su autoridad. Esto puede ser un período específico o indefinido, según las necesidades y preferencias de la empresa.

Es importante tener en cuenta que algunos actos legales pueden requerir la emisión de un poder específico para cada transacción o evento, por lo que es recomendable incluir una cláusula que especifique que este documento no limita la empresa para otorgar poderes adicionales en el futuro.

Vea También:  MODELO DE INSTRUCTIVA DE PODER DE PEQUEÑA PROPIEDAD INRA

Revocación del Poder

Cuando se otorga un poder a un representante legal, es esencial establecer claramente cómo puede ser revocado dicho poder. Esto puede ser por voluntad del conferente (representante legal) o por una causa específica señalada en el documento.

Es importante tener en cuenta que la revocación del poder debe ser notificada de manera formal y por escrito al representante legal y a todas las partes interesadas pertinentes. No hacerlo podría dar lugar a problemas legales y la invalidez de los actos realizados en nombre de la empresa por el representante legal.

Firmas y Testigos

Finalmente, el modelo de instructiva de poder debe incluir un apartado donde se solicite la firma del conferente y del representante legal autorizado, así como la presencia de testigos. Las firmas deben ser auténticas y estar debidamente notariadas para asegurar su validez legal.

Conclusión

En resumen, el modelo de instructiva de poder para representante legal de empresa es un documento esencial que permite establecer claramente los poderes y las responsabilidades del representante legal en nombre de la empresa. Su redacción debe ser precisa y detallada para evitar malentendidos o interpretaciones erróneas.

Debido a la importancia de este documento, se recomienda buscar el asesoramiento de un abogado especializado en derecho empresarial para garantizar que todos los aspectos legales sean cubiertos correctamente.

Esperamos que esta guía sobre el modelo de instructiva de poder para representante legal de empresa haya sido útil y te haya proporcionado toda la información necesaria para redactar este documento de manera adecuada.

Recuerda que cada situación es única y puede requerir características y cláusulas adicionales, por lo que es importante adaptar el modelo de instructiva de poder a las necesidades y circunstancias específicas de tu empresa.

Si tienes alguna pregunta o necesitas asesoramiento legal adicional, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de ayudarte.

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Modelo de Instructiva de Poder para Representante Legal de Empresa
INSTRUCTIVA DE PODER. CONFERENTE: HILARIA VIDAL DE ROJAS. EN FAVOR DE: PAULO ANTONIO CALHEJAS GOMES. Yo, HILARIA VIDAL DE ROJAS, con C.I.Nº 4513258 Cbba., vecina de esta ciudad, mayor de edad y hábil por ley en todo derecho, representante legal de la Empresa “Trans Volart S.R.L.” de conformidad al poder especial, amplio y suficiente Nº 219/2014, de fecha 18 de julio del 2014, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 08 a cargo de la Dra. Leticia Aguirre Ballivian, la empresa cuenta con NÚMERO de IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (NIT) N° 2853644025, al presente y por así convenir a mis intereses, de mi libre y espontánea voluntad, sin que exista vicio alguno del consentimiento, confiero poder especial, amplio y suficiente cual por derecho se requiere, en favor del Sr. PAULO ANTONIO CALHEJAS GOMES, con RG N° 381706 SSP/MS e CPF/MF N° 343.801.751-20, de nacionalidad brasilera, soltero, Despachante Aduanero, inscrito en el Registro de Despachante Aduanero del 1er Registro Fiscal N° 1D.00.120 a través del Acto declaración N° 41 de 29/07/2005, único representante legal por La Empresa en todos los Actos Administrativos y Judicial, con domicilio na calle Monte Castelo N° 87-B Aeroporto – Corumbá/MS, CEP: 79320-040, mayor de edad, hábil por derecho, para que en nombre y representación de mi persona, acciones y derechos, y de la Empresa “Trans Volart S.R.L.” la misma que tiene NÚMERO de IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (NIT) N° 2853644025, la misma que tiene su domicilio en la Av. 4 to Anillo, Barrio Villa Rosario, U.V.N° 53, Mza. N° 47, casa N° 4110, de la Ciudad de Santa Cruz – Bolivia, El apoderado ejerza las funciones de representante legal de la nombrada empresa En La Republica Federal del Brasil, pudiendo presentarse a Fundempresa, Policía Rodoviria y Ferroviaria, Organismos Operativos de Transito, para realizar toda clase de tramites a representar ante cualquier entidad pública, nacional provincial, municipal o autárquica, cancillerías, Unidad Operativas de Transito, Impuestos Nacionales, y Particularmente Empresas Púbicas, privada y/o Mixtas, con amplias facultades administrativas y judiciales y para actuar ante el Ministerio de Justicia, y donde sea necesario, actuando con plenos poderes, a fin de tramitar, para tratar cualquier cuestión y resolverlos definitivamente con expresas facultades de negociar, pudiendo requerir alegar y firmar lo que fuera necesario y exigido por las autoridades en defensa de los intereses de la Empresa “Trans Volart S.R.L.” la misma que tiene N.I.T. N° 2853644025, proceder al registro de unidades de autotransporte de carga para el fiel cumplimiento de transito a terceros países y bilateral con el Estado Plurinacional del Bolivia, en resguardo de los intereses del poder conferente, firmar declaraciones juradas y compromisos, presentar y retirar documentos, prestar todo género de pruebas y informaciones y cuantos otros actos, gestiones o providencias sean necesarias para el desarrollo del presente mandato de conformidad con las leyes bolivianas, para los fines descritos en los Art. 90 Punto «) y 24 ponto i), Letra B del Acuerdo sobre Transporte Internacional Rodoviário (AITT). – Art. 24 inc. b) concordante con el artículo 9 párrafo 2 da Ley 158 que en la letra dice: «Articulo 24 – A los fines que requiere el Permiso Complementar, la Empresa deberá presentar al Organismo Internacional competente del otro país signatario, en un plazo de 60 días a partir da fecha de emisión del Documento de Idoneidad en que acredita el Permiso Originario, conjuntamente con la solicitación del Permiso Complementar de acuerdo formulario del Apéndice 2, únicamente los siguientes documentos: Inc. b) Prueba de la designación en el territorio del país que se le solicita el Permiso complementar de un Representante Legal con plenos poderes para representar la empresa en todos los Actos Administrativos y Judiciales, en que debe intervenir en la jurisdicción del país. – concordante con el artigo 9 – Parágrafo 2, No obstante el representante Legal a que se refiere la letra.- b) del artigo 24, será solidariamente responsable do pagamento das multas aplicadas a los conductores de los vehículos que haiga incurrido en infracciones de tránsito. – Los requerimientos que a tal efecto realicen los tribunales, será notificado al Representante indicado ante el respectivo organismo nacional competente. – Mas poder con las facultades judiciales, administrativas o de jurisdicción especial, con plenitude de facultades, actuando por consiguiente con el demandante, demandado, guerreante, parte o actor civil, enjuiciar seguir el enjuiciado ante cualquier autoridad, tribunal o juzgado de jurisdicción ordinaria o especial, interponer demandas civiles, Administrativas, replicar y duplicar, oponer y contestar toda clase de excepciones, cuestiones incidentes, exigir fianzas, promover y suscitar competencias, inhibitorias y declaratorias, prorrogar competencia, asistir a audiencias y debates, así como las juntas de acreedores con derecho a voz, interrogar y contra interrogar, promover y pedir declaraciones de rebeldía y contumacia, deserciones, perenciones, citar evicción, interponer toda clase de tercerías y contestar tercerías, excusar, acusar, compulsar, pedir prestación de cuentas, aprobarlas, reprobarlas, observarlas determinar daños y perjuicios, costas inherentes etc., pedir informes, inspecciones, comisiones, exhorto, ordenes instruidas, desistir y admitir desistencias, desglosas y retirar documentos, certificados, depósitos, promover, juicios concursales y de quiebra, concurrir a audiencias, juntas e inspecciones con derecho a voz, nombrar peritos, interpretes, depositarios, administradores, interventores, liquidadores, subastas, síndicos, recusar e impugnar etc., submeter controversias a la decisión de árbitros o de amigables componedores, designarlos e fijarles el ámbito de su intervención, transigir, impugnar cualquier resolución, auto, sentencia o decisión judicial, administrativa y/o de cualquier clase, recurrir de reposición, apelación y de nulidad o casación, fundamentar los recursos especiales establecidos permitidos por ley especial, interponer demandas de revisión de sentencias resoluciones. Proceder en el ejercicio del presente mandato con las extensiones de derecho de revisión del ejercicio del presente mandato con las extensiones de derecho de revisión en el artículo 420 del Código de Comercio de Bolivia. – en resumen, realizar cuantos actos y diligencias sean condecente al buen cumplimiento del presente mandato otorgado conforme al tenor de los artículos 7,9 y 415 del Código de Comercio de Bolivia, sin que por falta de clausula o facultad expresa alguna, pueda ser tachado de insuficiente o se alegue falta de personalidad, todo de conformidad a lo dispuesto por los artículos 809, 834 e 811 del C6digo Civil boliviano, y los artículos 58 y 62 de su Procedimiento Civil y realizar con plenos poderes facultades y atribuciones todo cuanto sea necesario para el fiel desarrollo de sus funciones y en pleno ejercicio del presente mandato, cuyas facultades asignadas precedentemente son meramente enunciativas mas no limitativas, sin que por falta de clausula o atribución expresa pueda este ser tachado de insuficiente o de falta de personalidad al apoderado, que podrá en resumen realizar con carácter indefinido y en cuanto no sea revocado expresamente el presente mandato, toda clase de actos y celebrar e subscribir cualquier clase de documentos y contratos con las solo limitaciones establecidas en este poder.
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HILARIA VIDAL DE ROJAS MANDANTE

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