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¿Quieres saber todo sobre el memorial de embargo preventivo? Has llegado al lugar indicado. En este artículo, te proporcionaré información detallada acerca de este proceso legal, desde su definición hasta su aplicación práctica. Sin más preámbulos, ¡comencemos!
Definición de un Memorial de Embargo Preventivo
Un memorial de embargo preventivo es un documento legal utilizado en el ámbito judicial para solicitar la medida cautelar de embargo de los bienes de un deudor como garantía en un proceso legal. Esta medida tiene como finalidad asegurar el cumplimiento de una obligación o de una sentencia económica que aún no ha sido ejecutada.
Identificación de la autoridad judicial competente
El primer paso en el proceso de presentación de un memorial de embargo preventivo es identificar la autoridad judicial competente. En este caso, nos referimos al Juez Público Primero en lo Civil de la localidad de Viacha. Es ante esta autoridad que deberás presentar tu solicitud de embargo preventivo.
Resumen del proceso de solicitud de embargo preventivo
En el memorial de embargo preventivo, se debe incluir una descripción detallada de los bienes que se desean embargar, así como su ubicación y valor estimado. Es importante señalar que el solicitante del embargo preventivo debe ser el acreedor o la persona que tiene un interés directo en la obligación
Identificación de las partes involucradas
En un memorial de embargo preventivo, se deben identificar las partes involucradas en el proceso. En este caso, la parte solicitante es María Elena Bass Werner Antuñez, quien debe proporcionar su información personal, como su nombre completo, estado civil y número de identificación.
Fundamentos legales de la medida cautelar
El memorial de embargo preventivo debe estar respaldado por fundamentos legales sólidos. En este caso, se pueden mencionar los siguientes:
- Existencia de una deuda o una obligación pendiente.
- Fecha de vencimiento de la obligación.
- Préstamo de dinero realizado anteriormente.
Estos fundamentos respaldarán la solicitud de embargo preventivo y demostrarán ante el juez la necesidad de esta medida cautelar para garantizar el cumplimiento de la obligación.
Proceso de presentación de la solicitud
Una vez recopilada toda la información necesaria y redactado el memorial de embargo preventivo, se procede a presentarlo ante el Juez Público Primero en lo Civil de la localidad de Viacha. Es importante asegurarse de llevar todas las copias necesarias y de contar con los documentos que respalden los fundamentos legales mencionados anteriormente.
Análisis y decisión del juez
Una vez presentada la solicitud, el juez analizará la misma y tomará una decisión basada en los fundamentos expuestos en el memorial de embargo preventivo y en la legislación correspondiente. El juez puede decidir otorgar la medida cautelar de embargo preventivo y emitir una orden de embargo de los bienes del deudor. En otros casos, el juez puede solicitar más información o rechazar la solicitud de embargo preventivo si los fundamentos presentados no son suficientes.
Implementación de la medida cautelar
En caso de que el juez decida otorgar la medida cautelar de embargo preventivo, se procederá a implementar la misma. Esto implica notificar al deudor sobre la medida adoptada, así como embargar los bienes especificados en el memorial de embargo preventivo. Es importante tener en cuenta que el embargo preventivo no es una sentencia definitiva, sino una medida cautelar temporal hasta que se resuelva el proceso legal.
Conclusión
En resumen, un memorial de embargo preventivo es un documento legal utilizado para solicitar la medida cautelar de embargo de los bienes de un deudor. Este documento debe contener una descripción detallada de los bienes a embargar, fundamentos legales sólidos y la identificación de las partes involucradas. Una vez presentada la solicitud, el juez analizará la misma y tomará una decisión basada en la legislación vigente. En caso de ser otorgada la medida cautelar, se procederá a su implementación.
MODELO DE MEMORIAL Memorial de Embargo Preventivo en WORD
Memorial de Embargo Preventivo Identificación de la autoridad judicial competente Señor Juez Público Primero en lo Civil de la localidad de Viacha Suma En medida cautelar precautoria solicita embargo preventivo 445 Identificación de las partes María Elena Bass Werner Antuñez, mayor de edad, casada, portadora de la Cedula de Identidad Nº17269055 LP., ante Ud., con las mayores consideraciones de respeto me presento, expongo y digo: Objeto En calidad de medida cautelar con la medida conferida por el Art. 326 del Código de Procedimiento Civil, vengo a solicitar embargo preventivo de los bienes propios del futuro demandado y actualmente mi deudor. Fundamentos de hecho de la medida cautelar La presente medida precautoria tiene los siguientes fundamentos de hecho: En fecha 23 de enero de 2009 he otorgado un préstamo de dinero al Sr. Rodolfo Viento Morales, por la suma de Bs. 200.000,oo.- (BOLIVIANOS DOSCIENTOS MIL). La obligación recién será exigible el 30 de diciembre de 2014. El crédito se encuentra demostrado por el documento privado debidamente reconocido. Por el informe pericial (realizado mediante inspección judicial en medida preparatoria) se acredita que el inmueble hipotecado no cubre ni el 70% de la obligación; por consiguiente, la obligación no se encuentra suficientemente garantizada. 445 El embargo preventivo es la medida o proceso cautelar que, afectando un bien o bienes determinados de un presunto deudor, para asegurar la eventual ejecución futura, individualiza aquellos y limita las facultades de disposición y de goce de estos, mientras se obtiene la pertinente sentencia de condena o se desestima la demanda principal. Petición Por lo solicitado a vuestra señoría expresamente solicito: Expedir inmediatamente mandamiento de embargo preventivo contra los bienes propios del deudor Rodolfo Viento Morales, hasta un monto para cubrir el crédito reclamado y las costas, encomendado su cumplimiento a la autoridad que mi parte ocurra del Estado Plurinacional con facultades de allanamiento de domicilio. Se designe depositario de los bienes a embargarse al mismo deudor. Ofrecimiento de prueba documental Para la procedencia de la presente medida precautoria ofrezco los siguientes medios probatorios: El documento privado debidamente reconocido de préstamo de dinero que acredita la obligación. El informe pericial que acredita que la obligación no se encuentra suficientemente garantizada. Otrosí 1º.- Una vez ejecutada la medida cautelar del embargo, recién pido la notificación del afectado con la medida precautoria Otrosí 2º.- El deudor a notificarse Sr. Rodolfo Viento Morales, es mayor de edad con domicilio real en calle (…). Otrosí 1º.- Sabré justas determinaciones en el domicilio procesal en el correo electrónico [email protected]. Otrosí 2º.- Estaré a la iguala profesional suscrita con el Abogado. Es cuanto pido en justicia esperando en la localidad de Viacha (La Paz), en fecha 28 de mayo de2014. Firma por el interesado y del abogadoDESCARGAR Memorial de Embargo Preventivo
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