MODELO DE CONTESTACION DE SUPUESTA PRESENTACION DE PRUEBAS

20 de noviembre del 2024

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Si te encuentras en la situación de haber recibido una supuesta presentación de pruebas en un proceso legal, es importante que sepas cómo responder de manera adecuada. En este artículo, te proporcionaré un modelo de contestación de supuesta presentación de pruebas que podrás utilizar como guía para elaborar tu propio documento. Además, te explicaré detalladamente cada paso para que comprendas la importancia de cada sección y cómo redactarla correctamente. ¡Sigue leyendo para obtener toda la información que necesitas!

MODELO DE CONTESTACIÓN DE SUPUESTA PRESENTACIÓN DE PRUEBAS

Antes de presentarte el modelo de contestación, es importante que comprendas lo que implica este documento. La contestación de supuesta presentación de pruebas pretende refutar los argumentos y pruebas presentadas por la parte contraria en un proceso legal. Es tu oportunidad de defender tus derechos y demostrar la invalidez de las pruebas presentadas en tu contra.

A continuación, te presento un modelo de contestación de supuesta presentación de pruebas:

[NOMBRE DEL BUFETE DE ABOGADOS]

En la ciudad de [CIUDAD], a [FECHA].

Con relación al asunto [NÚMERO DE EXPEDIENTE], caratulado [NOMBRE DEL CASO], y siguiendo con el trámite del presente proceso, me dirijo a esa honorable instancia a fin de presentar la contestación a la supuesta presentación de pruebas efectuada por la parte contraria.

I. OBSERVACIONES RESPECTO A LAS PRUEBAS PRESENTADAS

En primer lugar, deseo manifestar mi total rechazo a las pruebas presentadas por la parte contraria en su memoria. A continuación, detallo cada una de las pruebas y expongo mis argumentos en su contra:

1. Prueba A

La prueba A presentada por la parte contraria carece de fundamento legal y no guarda relación directa con el presente caso. Además, existen diversas inconsistencias en la forma en que fue recabada y presentada. En consecuencia, solicito su desestimación por parte de este honorable tribunal.

2. Prueba B

En cuanto a la prueba B, considero que no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos por la ley. Además, puede ser fácilmente refutada mediante otras pruebas presentadas por mi parte. Por lo tanto, solicito su inadmisibilidad y posterior desestimación.

II. RECHAZO DE LAS PRUEBAS PRESENTADAS

En segundo lugar, considero necesario solicitar el rechazo de todas las pruebas presentadas por la parte contraria con base en los siguientes argumentos:

1. Ausencia de fundamento legal

Las pruebas presentadas por la parte contraria carecen de un fundamento legal sustentable. No se ha acreditado debidamente su origen ni se ha seguido el procedimiento establecido para su obtención. Por lo tanto, no pueden ser consideradas como válidas en el presente proceso.

2. Inconsistencias y falta de veracidad

Además, he detectado múltiples inconsistencias y falta de veracidad en las pruebas presentadas. Esto pone en duda su autenticidad y confiabilidad, por lo que deben ser descartadas. Presentaré otras pruebas que demuestran las inconsistencias y desacreditan por completo las pruebas presentadas por la parte contraria.

III. PRUEBAS DE DESCARGO

Ahora bien, a fin de demostrar mi inocencia y refutar los argumentos de la parte contraria, presentaré las siguientes pruebas de descargo:

1. Testimonio de testigo A

El testimonio del testigo A será fundamental para demostrar mi versión de los hechos y refutar los argumentos de la parte contraria. Este testigo presenció el incidente en cuestión y puede corroborar mi versión de los eventos.

2. Documento B

El documento B es una evidencia irrefutable que demuestra mi inocencia. Este documento respalda mi versión de los hechos y demuestra que no cometí el delito del que se me acusa.

CONCLUSIÓN

En conclusión, mediante el presente documento he presentado la contestación a la supuesta presentación de pruebas efectuada por la parte contraria en el presente proceso legal. Asimismo, he solicitado el rechazo de las pruebas presentadas por considerarlas inválidas e inadmisibles.

Es fundamental que tu respuesta a la supuesta presentación de pruebas sea elaborada de manera adecuada, argumentando cada uno de los puntos y refutando los argumentos de la parte contraria. Recuerda presentar pruebas que respalden tu versión de los hechos y demuestren tu inocencia.

Espero que este modelo de contestación de supuesta presentación de pruebas te haya sido de utilidad. Recuerda adaptarlo a tu caso específico y consultar con un abogado especializado si tienes dudas. ¡No dudes en ejercer tus derechos y defenderte de manera adecuada!

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MODELO DE CONTESTACION DE SUPUESTA PRESENTACION DE PRUEBAS
MODELO DE CONTESTACION DE SUPUESTA PRESENTACION DE PRUEBAS DE DESCARGO Y SOLICITUD DE RECHAZO DE DENUNCIA SEÑOR FISCAL DE MATERIA ADSCRITO A LA FUERZA ESPECIAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN.- DR. …………..- POL. ASIGNADO.- …………….- CASO No. FELCC-SCZ…./2018.- CONTESTA MEMORIAL DE SUPUESTA PRESENTACION DE PRUEBAS DE DESCARGO.- CONTESTA INFUNDADA SOLICITUD DE RECHAZO DE DENUNCIA.- OTROSI.- RUTH ZARATE GARCIA, de generales conocidas; dentro interpuesta contra EDY CHILE NAVA, por la comisión del delito de ESTAFA, ante su digna autoridad con todo respeto digo y pido: I.-CONTESTA MEMORIAL DE SUPUESTA PRESENTACION DE PRUEBAS DE DESCARGO.- Señor Fiscal, habiendo sido notificado con el memorial de fecha 24 de noviembre del 2016, presentado por el denunciado EDY CHILE NAVA, y habiendo ordenado su autoridad mediante requerimiento de fecha 25 de noviembre del 2016, que se me haga conocer dicho memorial a los fines de estar a derecho, por cuanto me permito contestar el mismo bajo los siguientes argumentos de orden legal: Señor Fiscal, luego de hacer un detalle de algunos de los actuados que cursan en el cuadernillo de investigación el denunciado EDY CHILE NAVA, indica que supuestamente aporta prueba y presenta una serie de documentos con los cuales indica que supuestamente me habría cancelado y que me entrego madera para que yo pueda venderla. Situación que es completamente falsa tal como paso a demostrar. PRIMERA ESTAFA.- Señor Fiscal, al respecto me permito indicar que efectivamente en fecha 12 de febrero del 2015, le entregue al denunciado EDY CHILE NAVA, la suma de $us. 25.000.-(Veinticinco Mil 00/100 Dólares americanos) para la compra de maderas, dinero que el denunciado logro sonsacarme con mentiras y engaños, bajo la promesa de entregarme madera aserrada ese mismo día, sin embargo luego que recibo el dinero el denunciado me puso una serie de excusas y no me entrego ninguna madera, ni tampoco hizo la devolución de mi dinero. Ante este hecho senté la denuncia en las oficinas de la FELCC, por el delito de ESTAFA. Asimismo durante las investigaciones han declarado mis testigos de cargo como son los ciudadanos JUANA ARAYA DE CARVAJAL y ERIC MARTIN FEENEY FERRANTE. Enterado del proceso penal que senté en su contra, y que había solicitado Mandamiento de Aprehensión en su contra, el denunciado EDY CHILE, me busco para realizar un arreglo transaccional. Fue de esta manera que en fecha 10 de mayo se suscribió un acuerdo transaccional, con el denunciado EDY CHILE NAVA, en el mismo que el mencionado denunciado acepta y reconoce me adeuda la suma de $us. 25.000.- dicho documento que fue reconocido en sus firmas en la misma fecha por ante de Fe Publica No. 25 de este Distrito Judicial. Mediante dicho convenio el denunciado EDY CHILE NAVA, me garantiza el pago de los $us. 25.000.- con productos forestales, y me entrega productos maderables de diferentes especies y me autoriza a que yo los venda para que pueda recuperar mi dinero. Siendo que mi persona actuaba de buena Fe y con la finalidad que el proceso penal concluya, toda vez que se me había entregado madera como pago, en la misma fecha 10 de mayo firme desistimiento a favor del denunciado EDY CHILE NAVA, en virtud al convenio transaccional suscrito en la misma fecha 10 de mayo de 2015. SEGUNDA ESTAFA.- Al día siguiente 11 DE MAYO DEL 2015, luego que se había suscrito el acuerdo transaccional y mi persona había firmado desistimiento, me busca nuevamente el denunciado EDY CHILE NAVA, el mismo que me dice que había conseguido una parte del dinero, concretamente la suma de $us. 17.000.-(Diecisiete Mil 00/100 Dólares Americanos) pero, para que me entregue el dinero, previamente yo tenia que devolverle la madera que él me había entregado, la cual estaba valuada aproximadamente en la suma de $us. 24.282,00.- toda vez que el tenia un buen comprador para dicha madera que le pagaría un buen precio, y que una vez vendida la madera me cancelaría el saldo es decir la suma $us.8.000. Mi persona sin ninguna malicia de buena Fe, accedí a devolverle la madera al denunciado EDY CHILE NAVA, tal como consta en el recibo de fecha 11 de mayo del 2015. Y por su parte el denunciado EDY CHILE NAVA, una vez recibió la madera procedió a devolverme la suma de $us. 17.000.- quedando un saldo pendiente de $us. 8.000.- Sobre este monto de los $us. 8.000, el denunciado EDY CHILE NAVA, con su abogado redactaron un documento el cual me hicieron Firmar en la misma fecha 11 de mayo, en el cual se indicaba que los $us. 8.000.- se me cancelaría en fecha 30 de julio del 2015, documento que se le realizo reconocimiento de firmas en la misma fecha por ante de Fe Pública No. 25 de este Distrito Judicial. Mi persona de buena fe, firmo dicho documento y espere pacientemente a que el denunciado EDY CHILE NAVA, cumpliera lo convenido, sin embargo ello no ocurrió, toda vez que el denunciado comenzó nuevamente a esconderse, no contestarme el teléfono, y evitar cualquier contacto con mi persona, finalmente lo pude ubicar en el mes de agosto del año 2015, y nuevamente con sus mentiras y engaños, me convenció en que le diera un nuevo plazo, fue de esta manera que suscribimos un nuevo documento en fecha 25 de agosto del 2015, mediante el cual se establecía que el denunciado debía cancelar el saldo adeudado la suma de $us. 8.000.- hasta el 11 de octubre del 2015, dicho documento también fue reconocido en sus firmas por ante de Fe Publica No. 25 de este distrito judicial. Como su autoridad podrá evidenciar el denunciado EDY CHILE NAVA, mediante engaños y artificios ha logrado obtener beneficio económico indebido, en detrimento de mi patrimonio, toda vez que mediante artificios y engaños, bajo promesa de pagarme los $us. 25.000.- luego que mi persona había desistido en virtud del convenio suscrito, logra que yo le devuelva la madera tal como consta en el recibo original que adjunto. Por otra parte señor Fiscal, tal como se demuestra con las copias legalizadas de las denuncias que cursan en el cuadernillo de investigación, no soy la única persona a la que el señor EDY CHILE NAVA, ha ESTAFADO, existen otras victimas que han sido vilmente estafadas por este ciudadano extranjero, siendo aparentemente este su modus vivendi. De acuerdo a lo previsto por el Art. 335 del Código Penal, a la letra dice: Art. 335.-(ESTAFA).- “El que con la intención de obtener para si o un tercero un beneficio económico indebido, mediante engaños o artificios provoque o fortalezca error en otro que motive la realización de un acto de disposición patrimonial en perjuicio del sujeto en error o de un tercero, será sancionado con reclusión de uno a cinco años y con multa de sesenta a doscientos días”. Carlos Morales Guillen, indica que es el típico delito fraudulento contra el patrimonio. El consentimiento de la victima obtenido fraudulentamente caracteriza este delito y lo distingue, por ejemplo del hurto que supone el apoderamiento de la cosa sin el consentimiento o conocimiento de la victima, o de la apropiación indebida en la que se da una arbitraria Asunción de los poderes propios del propietario. En , en cambio el agente mediante artificios y engaños sonsaca a la victima. El núcleo esencial de este delito es el engaño, con el que la victima es inducida a consentir en un acto, positivo o negativo, que le causa una disminución en su patrimonio con beneficio para el agente u otro” II.-CONTESTA INFUNDADA SOLICITUD DE RECHAZO DE DENUNCIA.- Señor Fiscal, el denunciado EDY CHILE NAVA, mediante memorial de fecha 20 de diciembre del 2015, solicita el rechazo de la denuncia y las actuaciones policiales, con argumentos líricos, tratando de confundir a su autoridad indicando que ha realizado pagos parciales y que me entrego una enorme cantidad de madera para que yo pueda negociarla, y que inclusive firme un memorial de desistimiento. Al respecto señor Fiscal, me permito indicar que, como bien indique líneas arriba el monto original que el señor EDY CHILE NAVA, me estafo fueron $us. 25.000.- posteriormente ante este proceso penal, me busco y me pidió que lleguemos a un acuerdo transaccional, y me entrego una cantidad de madera valuada en la suma de $us. 24.282.- tal como consta en el acuerdo transaccional de fecha 10 de mayo del 2015, reconocido en sus firmas en la misma fecha ante de Fe Publica No. 25 de este Distrito judicial. Sin embargo posteriormente al día siguiente vale decir el 11 de mayo del 2015, nuevamente mediante artificio y engaños bajo promesa de pagarme los $us. 25.000.- logró que yo le devuelva la madera, tal como consta en el RECIBO DE ENTREGA DE PRODUCTOS, de fecha 11 de mayo del 2015, el mismo que adjunto en original, mediante el cual claramente se establece que EDY CHILE DECLARA HABER RECIBIDO EN FECHA 11 DE MAYO DEL 2015, DE MI PERSONA RUTH ZARATE GARCIA, A $US. 24.282,00.-EN PRODUCTOS MADERABLES QUE SE DETALLAN EN EL MISMO RECIBO. Como su autoridad podrá evidenciar mi persona devuelve la madera que había recibido, y a la vez el señor EDY CHILE, me entrega la suma de $us. 17.000, bajo promesa de vender la madera que mi persona le había devuelto y pagarme el saldo adeudado en la suma de $us. 8.000.- a dicho efecto me hizo firmar el documento de reconocimiento de deuda y compromiso de pago de fecha 11 de mayo del 2015, reconocido en sus firmas en la misma fecha ante de Fe Publica No. 25 de este distrito judicial. Mi persona de buena fe, firmo dicho documento y espere pacientemente a que el denunciado EDY CHILE NAVA, cumpliera lo convenido, sin embargo ello no ocurrió, toda vez que el denunciado comenzó nuevamente a esconderse, no contestarme el teléfono, y evitar cualquier contacto con mi persona, finalmente lo pude ubicar en el mes de agosto del año 2015, y nuevamente con sus mentiras y engaños, me convenció en que le diera un nuevo plazo, fue de esta manera que suscribimos un nuevo documento en fecha 25 de agosto del 2015, mediante el cual se establecía que el denunciado debía cancelar el saldo adeudado la suma de $us. 8.000.-hasta el 11 de octubre del 2015, dicho documento también fue reconocido en sus firmas por ante de Fe Publica No. 25 de este distrito judicial. Desde esa vez no volví a ver no saber nada del denunciado, el cual se escondía maliciosamente, hasta que por casualidad me entere que estaba preso en palmasola. Señor Fiscal, como su autoridad podrá evidenciar el denunciado miente a su autoridad al indicar que me entrego la madera para que yo la venda, toda vez que no indica que el me indujo en error, y mediante artificios y engaños logro obtener que yo le devuelva la madera, por que indico que tenia un comprador que iba a vender a buen precio la madera, que con el producto de la venta me pagaría, y que incluso le quedaría una buena ganancia para él. Como su autoridad podrá evidencia en dos oportunidades he sido estafada por el ciudadano extranjero EDY CHILE NAVA, el cual se hace pasar por un prominente empresario maderero, que tiene buenos contactos, buenos compradores, y como se evidencia en las fotocopias legalizadas de las denuncias que cursan en el cuadernillo de investigación no es a mi persona a la única que ha estafado EXISTEN OTRAS VICTIMAS QUE TAMBIEN HAN SIDO ESTAFADAS POR EDY CHILE NAVA. El denunciado lejos de colaborar con la investigación, se esconde, se oculta, incluso cunado estaba preso en palmasola se oculto para tratar de evadir que se lo cite. Lo único que el denunciado pretende es evadir su responsabilidad con la justicia y continuar con sus fechorías estafando a las personas de buena, como ha ocurrido conmigo y con otras muchas.- Señor Fiscal, en el presente caso mi persona en una victima, que lo único que pido es justicia, de acuerdo a lo previsto por el Art. 68 de , que se refiere a la Garantías para la víctima, artículo que a la letra dice: Artículo 68°.- (Garantías para la víctima) El Ministerio Público atenderá los intereses de la víctima y el informará sobre sus derechos y obligaciones en el proceso penal y sobre el resultado de las investigaciones, aunque no se haya constituido en querellante, precautelará el derecho que tiene a ser oída antes de cada decisión Fiscal y Judicial, y requerirá se el asigne Abogado o Abogada, defensora o defensor estatal a la víctima carente de recursos económicos, traductora o traductor o intérprete, y personal especializado con el objeto de evitar la victimización secundaria, siempre que lo solicite. La víctima será tratada con el ciudado, respeto y consideración. A tal efecto, se dispondrá de un programa permanente de atención integral a las víctimas y a sus familiares, en coordinación con los Órganos del Estado e instituciones públicas o privadas afines. La víctima o el querellante podrán solicitar a la o el Fiscal Jerárquico el reemplazo de la o el Fiscal encargada o encargado de la investigación cuando concurran causas justificadas, no haya actividad investigativa necesaria de acuerdo a la naturaleza del hecho, no haya directrices a la investigación, exista incumplimiento de plazos procesales, o no se pronuncie sobre la proposición de diligencias. La resolución del Fiscal Jerárquico será fundamentada y resuelta dentro del plazo perentorio de tres días, bajo responsabilidad. En caso de determinar indicios de responsabilidad se dispondrá el procesamiento disciplinario. Para finalizar la Sentencia Constitucional Plurinacional 0002/2018-s2 de 7 de febrero de 2018, demuestran la importancia de los derechos de la víctima en el Estado Constitucional de Derecho y la obligación ineludible de notificación a las víctimas de procesos penales en calidad de terceros interesados, cuando sean los imputados o acusados en los mismos, quienes impugnen actos ilegales u omisiones indebidas en su desarrollo; ello a fin de respetar el plano de igualdad y equilibrio necesario que debe existir entre el respeto a los derechos del imputado y de la víctima, sin que aquello implique incurrir en rigorismo procesal o formalidades, propendiendo más bien a que la misma justicia constitucional respete los derechos fundamentales de todas las partes que se vean involucradas por una decisión a asumirse en sede constitucional. PETITORIO DE ORDEN LEGAL.- Señor Fiscal, por todo lo anteriormente expuesto, al amparo de lo establecido por el Art. 76 y 77 del Código de Procedimiento Penal, con relación a lo establecido por el Art. 68 de , me permito contestar los memoriales de fecha 24 de noviembre y 20 de diciembre del 2015, respectivamente presentados por el denunciado EDY CHILE NAVA, negando los mismos en todos sus extremo, pidiendo de conformidad a lo establecido por el Art. 301 inc. 1) y 302 del Código de Procedimiento Penal, DEL DENUNCIADO EDY CHILE NAVA, toda vez que existen los suficientes elementos de convicción que permiten sostener que EDY CHILE NAVA, es autor del delito de ESTAFA, previsto y sancionado por el Art. 335 del Código Penal. OTROSI.-1ro.- Adjunto en calidad de pruebas la siguiente documentación: 1.- Acuerdo transaccional de fecha 10 de mayo del 2015, reconocido en sus firmas por ante de Fe publica No. 25 de este distrito judicial. 2.- Recibo de Entrega de productos, mediante el cual mi persona RUTH Dávalos García, en fecha 10 de mayo del 2015, recibí productos maderables. 3.- Recibo de Entrega de productos de fecha 11 de mayo del 2015, mediante el cual mi persona RUTH Dávalos García DEVUELVE A EDY CHILE, los productos maderables que me había entregado un día antes. 2.- Documento de reconocimiento de deuda de fecha 11 de mayo del 2015, reconocido en sus firmas por ante de Fe Publica No. 25 de este Distrito Judicial. 3.- Documento de fecha 25 de agosto de 2015, reconocido en sus firmas por ante de Fe Publica No. 25 de este distrito judicial. 4.- Adjunto Fotocopias legalizadas de las denuncias que cursan en , contra EDY CHILE NAVA. 5.- Sentencia dictada contra EDY CHILE NAVA, en la republica de Argentina, por el delito de Tráfico de Estupefaciente, bajada del Internet. OTROSI.-2do.- Una vez su autoridad tenga conocimiento de la documentación que adjunto, solicito el DESGLOSE de la misma, protestando dejar Fotocopias legalizadas en su lugar. OTROSI.-3ro.- Señalo como domicilio procesal …………. Santa Cruz de , 30 de Diciembre de 2.018.
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