MODELO DE QUERELLA – VIOLACION DE INFANTE

18 de diciembre del 2024

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En el presente artículo, abordaremos el tema del modelo de querella en casos de violación de infantes, buscando proporcionar información detallada y útil para aquellos usuarios que deseen comprender y llevar a cabo este proceso legal. La violación de infantes es un delito grave que debe ser denunciado y perseguido con rigor, por lo que es fundamental conocer los pasos a seguir para interponer una querella criminal. A lo largo de este artículo, explicaremos cómo redactar y presentar una querella, así como los aspectos legales y procedimentales involucrados.

¿Qué es la violación de infante y por qué es importante presentar una querella?

La violación de infante es un delito sexual que implica cualquier acto de índole sexual llevado a cabo contra un niño o niña menor de edad. Este acto atroz y condenable puede tener graves consecuencias para la víctima, tanto físicas como emocionales, y puede dejar cicatrices que durarán toda la vida. Es de vital importancia denunciar este tipo de delitos y brindar apoyo a las víctimas, así como llevar a los responsables ante la justicia.

Presentar una querella criminal en casos de violación de infantes es un paso fundamental para buscar justicia y proteger a los más vulnerables de nuestra sociedad. A través de este proceso legal, se inicia una investigación en la que se recopilan pruebas para determinar la culpabilidad del perpetrador y, en caso de ser condenado, se le impone una pena acorde a la gravedad de sus actos. Además, presentar una querella permite visibilizar el delito y contribuir a la prevención de futuros casos de violencia sexual contra menores.

Pasos para presentar una querella por violación de infante

Presentar una querella por violación de infante requiere seguir una serie de pasos legales y procedimentales. A continuación, detallaremos los pasos más importantes:

1. Acudir a las autoridades competentes

El primer paso para presentar una querella por violación de infante es acudir a las autoridades competentes, en este caso, al fiscal adscrito a la fuerza especial de lucha contra el crimen. Es importante llevar los documentos de identidad y cualquier otra prueba o evidencia relacionada con el caso. Una vez en la fiscalía, se debe solicitar la atención de un investigador para exponer el caso y dar inicio al proceso.

2. Redacción de la querella

Luego de presentarse ante las autoridades, se debe redactar la querella criminal. En esta etapa, es fundamental contar con el apoyo de un abogado especializado en derecho penal, quien podrá asesorar y guiar en la redacción del documento. La querella debe incluir información detallada sobre los hechos, identificación de la víctima y el presunto agresor, así como cualquier prueba o testimonio relevante para el caso.

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Es importante recordar que la redacción de la querella debe ser clara, concisa y precisa, evitando cualquier ambigüedad. Se recomienda utilizar un lenguaje formal y objetivo, enfocándose en los hechos y evitando cualquier tipo de juicio de valor o expresión emocional.

3. Presentación de la querella

Una vez redactada la querella, se debe presentar ante el fiscal encargado del caso. Es importante llevar varias copias del documento, una para el expediente del fiscal, otras para el archivo personal y posiblemente una copia adicional como respaldo. Al presentar la querella, se debe solicitar un número de caso, el cual será utilizado como referencia a lo largo del proceso.

4. Seguimiento del caso

Una vez presentada la querella, se inicia la fase de investigación por parte de las autoridades competentes. Durante esta etapa, es importante mantener un seguimiento cercano del caso, ya sea a través de un abogado o de manera personal. Es recomendable solicitar periódicamente avances y mantenerse informado sobre cualquier novedad o requerimiento que pueda surgir.

Es importante tener en cuenta que cada caso puede tener sus particularidades y tiempos de duración, por lo que el seguimiento y la paciencia son fundamentales durante todo el proceso.

5. Comparecencia y declaración

En algún momento del proceso, es probable que la víctima sea requerida para comparecer y declarar. Esta comparecencia puede realizarse en la sede de la fiscalía o en un juzgado, y es importante contar con el respaldo y el acompañamiento de un abogado. Durante la declaración, se debe relatar detalladamente lo ocurrido, respondiendo a las preguntas que se presenten con la mayor precisión y sinceridad posible.

6. Seguimiento post-querella

Una vez finalizado el proceso de querella, es importante seguir brindando apoyo y atención a la víctima. Esto puede incluir terapia psicológica, atención médica especializada y cualquier otro tipo de apoyo que se requiera. Además, es fundamental continuar con el seguimiento del caso, especialmente si el presunto agresor es llevado a juicio y el proceso continúa en etapas posteriores.

En conclusión, la presentación de una querella por violación de infante es un proceso legal fundamental para buscar justicia y proteger a los más vulnerables de nuestra sociedad. A lo largo de este artículo, hemos detallado los pasos principales para interponer una querella, desde la acusación inicial hasta el seguimiento post-querella.

Es importante recordar que en estos casos es necesario contar con el apoyo de un abogado especializado en derecho penal, quien podrá brindar el asesoramiento adecuado y representar los intereses de la víctima. La violación de infantes es un delito grave que debe ser denunciado y perseguido con rigurosidad, buscando siempre el bienestar de los más jóvenes de nuestra sociedad.

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MODELO DE QUERELLA – VIOLACION DE INFANTE en WORD

MODELO DE QUERELLA – VIOLACION DE INFANTE
MODELO DE QUERELLA – VIOLACION DE INFANTE, NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE Y AMENAZA SEÑOR FISCAL …………. ADSCRITO A LA FUERZA ESPECIAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN.- POLICIA INVESTIGADOR ……………..- CASO No. …/2018.- INTERPONE QUERELLA CRIMINAL.- OTROSI.- WALTER SALAS PINTO, con C.I. No. 3194973 SC…, mayor de edad, hábil por ley, con domicilio en Barrio San Joaquín Avenida principal entre octavo y noveno Anillo , ante su autoridad con el debido respeto digo y pido: APERSONAMIENTO Amparado en el Art. 24 de del Estado Plurinacional de Bolivia, con relación a lo previsto por el Art. 11 de 1970 y por respeto a su Autoridad en su condición de Director de las Investigaciones, dentro de la etapa preparatoria, y para fines de asumir defensa y estar a derecho, ME APERSONO ANTE SU AUTORIDAD, en mi condición de víctima y acusador particular, pidiendo muy respetuosamente, que admita mi legitima personería y me tenga por apersonada para fines consiguiente de Ley, todo de conformidad a lo previsto en el Art. 68 de la Ley 260 “Ley orgánica del Ministerio Público”, y los Artículos 76, 77, 78, 79 y 82 del Código de Procedimiento Penal y del Art. 29 del Código Procesal Civil (Ley 439), ordenando me hagan conocer ulteriores actuaciones. RELACION DE LOS HECHOS Sr. Fiscal, habiendo mi persona sentado Denuncia en fecha 19 de Febrero del 2017, contra PATRICIO VALDA GAMBARTE, por el delito de VIOLACIÓN DE INFANTE, NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE Y AMENAZAS DE MUERTE, situación que vino ocurriendo desde el mes de Febrero del 03 un día Lunes cuando empezaba el Año Escolar el Querellado con engaños le indico a mi Hija LIZBETH BARBA MERCADO, de que cerrara la venta y se fueran a la casa aprovechando de que mi persona había Viajado a Santa cruz de y una Ves que cenaron le indico a mi Hija el depravado de mi esposo de que se echará a dormir entonces fue que ingreso a al Dormitorio de mi Pequeña hija y pego y llego a abusar Sexualmente en forma Violente tal como lo relata que es mi hija LIZBETH BARBA MERCADO, en su Declaración ante la defensoria de y de Municipal de San Ignacio de Velasco, en fecha 21 de Febrero del 2017 y que la llego a amenazar de muerte si es que contaba a alguna persona, esto siguió ocurriendo durante 2 Años Sr. Fiscal, y lo mas claro y contundente de que el Querellado PATRICIO VALDA GAMBARTE, en su declaración de Fecha 20 de Febrero del 2017 realizada ante su Autoridad y el Policía encargado del caso reconoce haber mantenido relaciones Sexuales con mi hija Menor y es mas que lo ratifica en su misma declaración cuando su propio Abogado llega a preguntarle Nuevamente, todo esto a sido corroborado Sr. Fiscal con el Certificado medico Forense extendido en fecha 19 de Febrero del 2017 por el Médico Forense Dr. ANTONIO CHUVE CHORE, que claramente determina que mi Hija Menor LIZBETH BARBA MERCADO, HACEN APROXIMADAMENTE 2 Años de que a sufrido Abuso Sexual. Por otro lado Sr. Fiscal, el Imputado, el día de Hoy Miércoles 23 de Febrero del presente Año a horas 10 y 30 se llevó a cabo y el depravado del querellado PATRICIO VALDA GAMBARTE, nuevamente en el Juzgado en presencia de su Autoridad, del Sr. Juez, y de la defensoria del menor como de todos los que nos encontrábamos en Audiencia manifiesta haber mantenido relación Sexual con mi pequeña Hija. FUNDAMENTO LEGAL DE Por todo lo expuesto anteriormente Señora Fiscal, de conformidad con los Arts. 70, 290 y 302 del Código de Procedimiento Penal, es que formalizo Querella Criminal contra IVAN ROMERO VARGAS , por el Delito de VIOLACIÓN DE INFANTE, NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE Y AMENZA DE MUERTE, tipificados en nuestro ordenamiento jurídico en los Artículos 308 bis (modificado con la ley 348) con las agravantes establecidas en el Art. 310 inc. b) y d) del Código Penal y Art. 8 con relación al Art. 252 del Código Penal, solicitando QUE EN FORMA POSTERIOR DESPUÉS DE LAS INVESTIGACIONES DISPONGA EL REQUERIMIENTO CONCLUSIVO REMITIENDO LOS ANTECEDENTES ANTE EL TRIBUNAL DE SENTENCIA PARA LA IMPOSICIÓN DE LA PENA MÁXIMA A CUMPLIR EN LA CARCEL PUBLICA DE PALMASOLA.. OTROSI.- 1º.- Me constituyo en parte Civil a los fines previstos por el Art. 36 del Nuevo Código de Procedimiento Penal, que serán evaluados por el Tribunal de Sentencia . OTROSI 2º.- El querellado es mayor de edad, hábil por ley, con domicilio OTROSI.- 3º.- Los honorarios profesionales de acuerdo al arancel del Colegio de Abogados. OTROSI 4º.- Señalo como domicilio procesal el estudio Jurídico de mi Abogado ……………………………. . Santa Cruz de la Sierra 26 de enero del 20__
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