MODELO DE ADENDA DE CONTRATO EN BOLIVIA

19 de diciembre del 2024

Una adenda de contrato es un documento que se utiliza para hacer cambios o agregar información a un contrato existente sin tener que redactar un nuevo contrato. Una adenda puede ser utilizada para modificar cualquier aspecto del contrato, como el plazo de duración, el alcance del trabajo, el precio o cualquier otra condición acordada originalmente. Las adendas son comunes en los contratos comerciales, laborales, de arrendamiento y de prestación de servicios, entre otros tipos de contratos.

MODELO DE ADENDA DE CONTRATO EN BOLIVIA


CONTRATO MODIFICATORIO (ADENDA)

Conste por el presente documento, el contrato modificatorio al Contrato Administrativo de Arrendamiento CAI/AEMP/N°005/2023, que se estipula al tenor de las siguientes cláusulas y condiciones:

CLÁUSULA PRIMERA. (PARTES) Son partes del presente documento:

1.1 La AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN DE EMPRESAS – AEMP, con Número de Identificación Tributaria NIT 164760021, con domicilio en la calle Batallón Colorados N°24, edifició «EL CÓNDOR», piso 11, de la ciudad de La Paz, representada legalmente por su Director de Administración y Finanzas, Lic. PEREGRINO MAMAN! ADRIAN, con Cédula de Identidad N°3074161 expedida en la ciudad de Oruro, según la Resolución Administrativa RAI/AEMP/N°058/2014 de fecha 8 de diciembre de 2014, que en adelante se denominará la ENTIDAD;

1.2. La Sra. MIRIAM ROXANA ASCARRUNZ BARRIENTOS, con Cedula de Identidad N°477088 expedida en la ciudad de La Paz, PRESIDENTA NACIONAL DE LA CONFEDERACIÓN NACIONAL DE INSTITUCIONES FEMENINAS – CONIF 2015-2022, con domicilio en la talle Batallón Colorados N° 24, edificio «El Cóndor», piso 09, N°907 de la ciudad de La Paz, que en adelante se denominará la ARRENDADORA, quienes celebran y suscriben el presente Contrato de Arrendamiento quienes celebran y suscriben el presente Contrato Modificatorio.

 CLÁUSULA SEGUNDA. (ANTECEDENTES)

 2.1. En fecha 30 de diciembre de 2023, la ENTIDAD y la ARRENDADORA, suscribieron el Contrato de Arrendamiento CAI/AEMP/N°005/2023, donde la ARRENDADORA, se compromete y obliga a otorgar en arrendamiento el bien inmueble ubicado en la calle Batallón Colorados N°24, edificio «El Cóndor», piso 09, N°907, de la ciudad de La Paz, con una superficie construida de 40 metros cuadrados aproximadamente, el cual consta de una oficina y un baño, denominándose el bien inmueble, coN estricta y absoluta sujeción a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, los términos y condiciones del Contrato y los documentos que formaron parte del mismo, por un monto de Bs 1.786,00.- (Un mil setecientos ochenta y-seis 00/100 Bolivianos) a cancelarse de forma mensual y con plazo de vigencia del 1° de enero al 31 de diciembre de 2022.

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2.2 Mediante Oficio con Cite: CONIF NAL.014/2022, presentado en fecha 4 de abril de 2022, por la Prof. Miriam Roxana Ascarrunz, en su calidad de Presidenta de CONIF, solicitó que el canon de alquiler sea incrementado en Bs 200,00.- (Doscientos 00/100 Bolivianos), efecto de lo cual se requiere la realización de un contrato modificatorio al contrato principal.

2.3 Mediante Informe AEMP/DAF/GPSS/N°197/2022 de fecha 26 de abril de 2022, emitido por la Encargada de Bienes y Servicios de la Dirección de Administración y Finanzas, se señaló que en atención a lo requerido por lá ARRENDADORA y toda vez que el monto del incremento del contrato se encuentra dentro del porcentaje establecido en el artículo 89 del Decreto Supremo N°0181, corresponde la modificación del contrato principal a partir del mes de mayo de la gestión 2022; ello con la finalidad, de dar continuidad al trabajo del personal de la Dirección de Administración y Finanzas de la AEMP.

2.4 Mediante Informe Legal AEMP/DJ/N°260/2022 de fecha 27 de abril de 2022, emitido por la Analista Jurídica de la Dirección Jurídica, se señaló que la solicitud de incremento del monto del Contrato de Arrendamiento CAI/AEMP/N.°001/2022, requerida por la arrendadora, se enmarca en lo establecido en la cláusula décimo tercera de dicho contrato y en el artículo 89, parágrafos I y II, del Decreto Supremo N°081 NB-SABS y sus modificaciones, existiendo viabilidad técnica y financiera manifestada en el Informe AEMP/DAF/GPSS/N°197/2022 de fecha 26 de abril de 2022, emitido por la Encargada de Bienes y Servicios de la Dirección de Administración y Finanzas certificación Financiera Preventivo No. 52 de fecha 27 de abril de 2022; por lo tanto, no existe óbice legal para la realización del contrato modificatorio.

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 CLAUSULA TERCERA. (OBJETO)

El presente Contrato Modificatorio, tiene por objeto modificar la Cláusula Séptima del Contrato de Arrendamiento CAI/AEMP/N°005/2023, efectuándose el incremento del monto del contrato principal.

CLAUSULA CUARTA. (MODIFICACIONES)

 Por efecto de la cláusula anterior, se modifica la Cláusula Séptima del Contrato Arrendamiento CAI/AEMP/N°005/2023, quedando con el siguiente texto:

«CLÁUSULA SEPTIMA.- (CANON DE ARRENDAMIENTO Y FORMA DE PAGO). Se establece que el canon de arrendamiento propuesto y aceptado por ambas partes es de Bs1.964.- (Un mil novecientos sesenta y cuatro 00/100 Bolivianos) mensual, que serán cancelados a la ARRENDADORA, en moneda nacional, contra entrega de la Factura o Nota Fiscal correspondiente o la retención de ley, en caso de que la ARRENDADORA no emita dicho documento».

CLAUSULA QUINTA. (RATIFICACIÓN)

Todas las demás cláusulas, numerales y literales, estipuladas en el Contrato Arrendamiento CAI/AEMP/N°005/2023, que no son modificados expresamente por el presente documento, mantienen su plena vigencia, ratificándose en toda forma de derecho, subsistiendo en consecuencia el contenido íntegro de los mismos tal como se pactaron, sin exclusión de ninguna naturaleza. CLAUSULA SEXTA. (VALIDEZ) El presente Contrato Modificatorio, tendrá validez a partir de la fecha de suscripción del mismo.

CLAUSULA SÉPTIMA (ACEPTACIÓN Y CONFORMIDAD)

 Las partes otorgan su entera conformidad con todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato Modificatorio, y se obligan a su fiel y estricto cumplimiento, el mismo que es suscrito en cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor, igual objeto y valor, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año dos mil diecisiete. Este documento conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado, en idioma español.


Requisitos para una Adenda de Contrato

Para elaborar una adenda de contrato, se deben cumplir algunos requisitos fundamentales, los cuales son:

  1. Consentimiento mutuo: ambas partes deben estar de acuerdo con la necesidad de modificar los términos del contrato original.
  2. Cláusulas modificadas: se deben indicar de forma precisa las cláusulas que se modificarán en el contrato original.
  3. Contenido de la modificación: se debe especificar el contenido de la modificación y el nuevo texto de las cláusulas modificadas.
  4. Firmas de las partes: ambas partes deben firmar la adenda para que tenga validez legal.
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Es importante tener en cuenta que las adendas deben ser claras, precisas y redactadas de forma que evite confusiones o malinterpretaciones. Además, es recomendable que las adendas se redacten con la ayuda de un abogado para asegurarse de que se cumplan todos los requisitos legales.

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3 comentarios

  • Excelente la publicación de los documentos jurídicos que constituyen una ayuda grandiosa para los que estamos iniciando con el ejercicio de la profesión, mis felicitaciones y que Dios les bendiga

  • Realmente es de gran ayuda ..todo el material publicado…muchísimas gracias a todos los integrantes del consorcio de ABOGADOS BOLIVIA. ..gracias por compartir sus conocimientos y experiencias, sigan adelante y que Dios los bendiga.

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