MODELO DE CONTRATO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA

20 de diciembre del 2024

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¿Necesitas un modelo de contrato de reconocimiento de deuda? En este artículo te proporcionaremos toda la información que necesitas sobre este tipo de contrato, incluyendo su definición, características, cláusulas comunes y consejos útiles para redactarlo correctamente. Además, te mostraremos un ejemplo de este tipo de contrato para que puedas utilizarlo como referencia.

¿Qué es un contrato de reconocimiento de deuda?

El contrato de reconocimiento de deuda es un acuerdo legal en el cual una persona, denominada «deudor», reconoce haber recibido una cantidad de dinero o haber incurrido en una deuda con otra persona, denominada «acreedor». Este contrato se utiliza como prueba de la existencia de la deuda y establece las condiciones bajo las cuales el deudor se compromete a pagarla.

Es importante tener en cuenta que el contrato de reconocimiento de deuda no solo puede ser utilizado en casos de préstamos de dinero, sino también en situaciones donde se hayan incurrido en deudas por otros conceptos, como el alquiler de un inmueble o la compra de bienes o servicios.

¿Cuáles son las cláusulas comunes en un contrato de reconocimiento de deuda?

A continuación, te presentamos las cláusulas más comunes que se suelen incluir en un contrato de reconocimiento de deuda:

1. Identificación de las partes

Esta cláusula incluye la identificación completa del deudor y del acreedor, incluyendo sus nombres completos, números de identificación, direcciones de domicilio y cualquier información adicional necesaria para su identificación.

2. Descripción de la deuda

En esta cláusula se detalla el monto de la deuda, el motivo por el cual se originó y cualquier información adicional relevante sobre la misma. Es importante ser lo más específico posible al describir la deuda para evitar cualquier malentendido futuro.

3. Condiciones de pago

En esta cláusula se establecen las condiciones bajo las cuales el deudor se compromete a pagar la deuda, como el plazo y la forma de pago (por ejemplo, pago único, pagos mensuales, transferencia bancaria, entre otros). También se pueden incluir penalizaciones por retraso en el pago o cláusulas de liquidación anticipada de la deuda.

4. Intereses

En algunos casos, se puede acordar que la deuda devengue intereses. En esta cláusula se deben especificar la tasa de interés aplicable, la forma en que se calcula y cualquier condición adicional relacionada con los intereses.

5. Clausula de confidencialidad

En ciertos casos, las partes pueden acordar mantener en confidencialidad la información relacionada con la deuda y el contrato. Esta cláusula establece dicha obligación y puede incluir sanciones en caso de incumplimiento.

6. Firma y fecha

Finalmente, el contrato debe ser firmado y fechado por ambas partes para que tenga validez legal. Se recomienda adjuntar copias de los documentos de identificación de las partes para una mayor seguridad.

Ejemplo de contrato de reconocimiento de deuda

A continuación, te mostramos un ejemplo de un contrato de reconocimiento de deuda:

CONTRATO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA
En la ciudad de [Ciudad], a [Fecha].
Comparecen:
De una parte, [Nombre del Acreedor], con DNI [Número de Identificación del Acreedor], con domicilio en [Dirección del Acreedor], en calidad de acreedor.
De otra parte, [Nombre del Deudor], con DNI [Número de Identificación del Deudor], con domicilio en [Dirección del Deudor], en calidad de deudor.
Ambas partes reconocen, declaran y aceptan lo siguiente:
PRIMERA.- Objeto del contrato
El deudor reconoce haber recibido del acreedor la cantidad de [Monto de la Deuda] en concepto de [Motivo de la Deuda].
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SEGUNDA.- Plazo de pago
El deudor se compromete a pagar la deuda en un plazo máximo de [Plazo de Pago], a partir de la fecha de firma de este contrato.
TERCERA.- Forma de pago
El pago se realizará mediante [Forma de Pago], en [Número de Cuotas] cuotas mensuales de [Monto de las Cuotas], a partir del [Fecha del Primer Pago].
CUARTA.- Intereses
En caso de retraso en el pago de una o más cuotas, se aplicará una tasa de interés del [Tasa de Interés] anual.
QUINTA.- Confidencialidad
Ambas partes acuerdan mantener en confidencialidad la existencia de este contrato, así como cualquier información relacionada con el mismo.
SEXTA.- Firma y fecha
El presente contrato se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder de cada una de las partes, en la ciudad de [Ciudad], a [Fecha].

Este es solo un ejemplo básico de un contrato de reconocimiento de deuda. Es importante adaptar el contrato a las circunstancias particulares de cada caso y buscar asesoramiento legal si es necesario.

Consejos para redactar un contrato de reconocimiento de deuda

A continuación, te ofrecemos algunos consejos útiles para redactar un contrato de reconocimiento de deuda:

  • Sé claro y conciso: Utiliza un lenguaje sencillo y evita términos legales complicados. Es importante que ambas partes entiendan claramente las condiciones del contrato.
  • Especifica la forma de pago: Detalla cómo se realizará el pago, incluyendo la forma de pago (efectivo, transferencia, cheque, etc.) y los plazos establecidos.
  • Define la tasa de interés (si aplica): Si has acordado que la deuda devengue intereses, especifica claramente la tasa y cómo se calcularán.
  • Establece cláusulas de penalización: En caso de incumplimiento en el pago, incluye cláusulas que establezcan penalizaciones por retraso y/o liquidación anticipada de la deuda.
  • Considera la confidencialidad: Si es necesario mantener en confidencialidad la existencia del contrato y/o la información relacionada, añade cláusulas de confidencialidad y sanciones en caso de incumplimiento.

Recuerda que siempre es recomendable asesorarse con un abogado para asegurarte de que el contrato cumpla con todos los requisitos legales y se adapte a tus necesidades específicas.

En resumen

El contrato de reconocimiento de deuda es un documento legal que proporciona evidencia de una deuda y establece las condiciones de pago entre el deudor y el acreedor. Es importante redactarlo con claridad y adaptarlo a las circunstancias específicas de cada caso. Siempre es recomendable buscar asesoramiento legal para asegurarse de que el contrato sea válido y cumpla con todas las regulaciones aplicables.

MODELO DE CONTRATO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA en WORD

MODELO DE CONTRATO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA
DOCUMENTO PRIVADO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA Conste por el presente DOCUMENTO PRIVADO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, que, en caso de incumplimiento en cualquiera de sus cláusulas, será elevado a instrumento público bajo el tenor de las siguientes clausulas: PRIMERA (DE LAS PARTES).- Son partes del presente DOCUMENTO PRIVADO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA el señor MARIO ALEJANDRO PEDRIEL MARQUEZ, con C.I. Nº 5826947 S.C., mayor de edad, hábil por ley, domiciliado en la Calle Ballivian, Nº 1190, Zona Central de la ciudad de Santa Cruz, quien al presente se denominará EL ACREEDOR, por otra parte el señor LUIS MICO ALVAREZ, con C.I. Nº 4727896 S.C., mayor de edad, hábil por ley, domiciliado en el Municipio de San Julian, del departamento de Santa Cruz, quien al presente se denominará EL DEUDOR, y por otra parte el señor LUIS LIMBERTH MICO PERKA, con C.I. N° 12600658 S.C., mayor de edad, hábil por ley, domiciliado en el Municipio de San Julian, del Departamento de Santa Cruz, quien al presente se denominará EL GARANTE. SEGUNDA (ANTECEDENTES).- 1.- EL DEUDOR, sin que medie vicio alguno, por voluntad propia declara ser propietario de una superficie de terreno de 5.000 metros cuadrados en el cual existe un TINGLADO de gran magnitud de 480 metros cuadrados, ubicados en la localidad de San Julian, Provincia Ñuflo de Chavez del Departamento de Santa Cruz, el cual es objeto Litis (PROCESO CIVIL), mismo que radica en el Juzgado Publico Mixto Civil, Comercial de la localidad de San Julian, y que a la fecha se encuentra en la última etapa de recursos (AMPARO CONSTITUCIONAL) en la SALA CONSTITUCIONAL SEGUNDA de la ciudad de Sucre. 1.2. EL DEUDOR, en fecha 29 de marzo de 2021, declara haber obtenido un PRESTAMO de DINERO, por la suma de $us. 30.000.- (TREINTA MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), suma de dinero que recibió del señor MARIO ALEJANDRO PEDRIEL MARQUEZ (ACREEDOR), bajo la consigna de que, el ACREEDOR, pueda hacer uso de la superficie de 5.000 metros cuadrados, ubicados en la localidad de San Julian, Provincia Ñuflo de Chavez, del Departamento de Santa Cruz, con el objeto de ACOPIAR GRANO de SOYA, GIRASOL, MAIZ y SORGO, desde la entrega del dinero hasta cumplir con tres (3) campañas de cosecha, siendo este por un (1) año. 1.3. EL DEUDOR, declara que, lamentablemente no pudo otorgar el uso de la superficie de 5.000 metros cuadrados, debido a los tramites en los retardos de SANEAMIENTO, al ACREEDOR, debido a distintos factores de orden personal y legal, los cuales impidieron realizar con éxito la entrega de la superficie. 1.4. EL DEUDOR, declara y reconoce haber obtenido el préstamo de dinero por la suma de $us. 30.000.- (TREINTA MIL 00/100 DÓLARES AMERICANOS), con un interés mensual del 3%, intereses que no fueron cancelados desde la entrega del dinero, adeudando a la fecha el monto capital y nueve (9) meses de intereses. 1.5. EL DEUDOR, bajo el PRINCIPIO DE BUENA FÉ, declara de manera voluntaria haber generado perdida al ACREEDOR, por concepto de CAPITAL, INTERESES y PERJUICIOS, los cuales se detallan de la siguiente forma: a) Capital adeudado por la suma de $us. 30.000.- (TREINTA MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS). b) Intereses devengados, el 3% mensual, total nueve (9) meses que ascienden a la suma de $us. 7.200.- (SIETE MIL DOSCIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS). c) Los perjuicios causados por compromiso de cosecha durante tres campañas, compromisos que fueron cancelados generando una deuda y una perdida en el ACREEDOR de $us. 24.000.- (VENTICUATRO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS). La sumatoria de lo adeudado asciende a una totalidad de $us. 61.200.- (SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS), desde fecha 29 de marzo hasta la suscripción del presente documento de RECONOCIMIENTO DE DEUDA. 2. EL ACREEDOR, en fecha 29 de marzo de 2021, declara haber entregado la suma de $us. 30.000.- (TREINTA MIL 00/100 DÓLARES AMERICANOS), al señor LUIS MICO ALVAREZ (DEUDOR), en moneda extranjera, a cambio de poder hacer uso de la superficie de los 5.000 metros cuadrados, ubicados en la localidad de San Julian, Provincia Ñuflo de Chavez del Departamento de Santa Cruz, con el fin de Acopiar GRANO DE SOYA, Maíz, Sorgo y Girasol, para posteriormente comercializar este producto. 2.1. EL ACREEDOR, declara que se su fuente de ingresos es la compra y venta de los productos de GRANO de SOYA, GIRASOL, MAIZ y SORGO, los cuales deben tener un centro de acopio para poder ser comercializados, es en tal sentido que accedió a prestar la suma de dinero, para posteriormente hacer uso de la superficie de 5.000 metros cuadrados donde existe un tinglado de gran magnitud lo cual le permitiría realizar el ACOPIO de todos sus productos. 2.2 EL ACREEDOR, declara que EL DEUDOR, no realizó la entrega de la superficie de terreno de 5.000 metros cuadrados, a cambio del préstamo de dinero otorgado, siendo de esta manera que se vio perjudicado con los compromisos adquiridos con trabajadores y compradores de GRANO de SOYA, Maiz, Sorgo y Girasol, siendo que estos compromisos de venta y los tiempos de cumplimiento en el mercado son fatales para la comercialización de dichos productos. 2.3. EL ACREEDOR declara que, el hecho de no haber hecho el uso de la superficie descrita no pudo realizar el correspondiente ACOPIO de GRANO DE SOYA, GIRASOIL, MAIZ y SORGO, productos que lamentablemente en su gran mayoría sufrieron la inclemencias del tiempo, como ser la lluvia, la cual ha generado una perdida de gran consideración. 3. EL GARANTE, declara ser único y legítimo propietario del bien inmueble ubicado en la localidad de SAN JULIAN, UV. 04, MANZANO 11, URBANIZACION MINERO, LOTE N° 01, con una superficie de 859.38 metros cuadrados, bajo la MATRICULA 7.11.4.01.0002013, libre de gravamen y/o hipoteca, debidamente registrado en las oficinas de Derechos Reales de la localidad de San Julian, Provincia Ñuflo de Chavez, del Departamento de Santa Cruz. TERCERA (DEL OBJETO).- EL DEUDOR, se compromete en cancelar la deuda CAPITAL, INTERESES y PERJUICIOS generados descrita en la CLAUSULA SEGUNDA, monto que asciende a $us. 61.200.- (SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS 00/100 DÓLARES AMERICANOS), suma de dinero que será cancelada por EL DEUDOR en fecha 07 de Marzo del 2022 sin opcion a prorroga. CUARTA (DEL INTERES).- El señor MARIO ALEJANDRO PEDRIEL MARQUEZ en su calidad de ACREEDOR y el señor LUIS MICO ALVAREZ, sin que medie vicio alguno, pactan de libre voluntad el 3% de interés mensual de la totalidad de lo adeudado, interés que entrara en vigencia en caso de incumplimiento del pago pactado en la CLAUSULA TERCERA. QUINTA (DE LA GARANTÍA).- EL DEUDOR, garantiza el cumplimiento de la presente obligación con todos sus bienes habidos y por haber, además de ofrecer como GARANTE al señor LUIS LIMBERG MICO PERKA, quien es único y legítimo propietario del bien inmueble ubicado en SAN JULIAN, UV. 04, MANZANO 11, URBANIZACIÓN MINERO, LOTE N° 01, con una superficie de 859.38 metros cuadrados, bajo la MATRICULA 7.11.4.01.0002013, debidamente registrado en las oficinas de Derechos Reales de la localidad de San Julian, Provincia Ñuflo de Chavez, del Departamento de Santa Cruz, inmueble con el cual garantiza el cumplimiento de obligación contraída por EL DEUDOR. SEXTA (DE LA EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA EN CASO DE INCUMPLIMIENTO).- EL ACREEDOR, en caso de incumplimiento de la obligación por EL DEUDOR, podrá acudir ante las autoridades competentes jurisdiccionales a fin de reclamar el pago de la deuda mediante PROCESO EJECUTIVO, con los bienes muebles e inmuebles descritos en la CLAUSULA QUINTA. SEXTA.- (CONFORMIDAD) Nosotros las partes suscribientes en uso y ejercicio de los derechos que la ley nos faculta, sin que medie vicio alguno de consentimiento, declaramos nuestra plena y absoluta conformidad con todas y cada una de las cláusulas que anteceden en el Presente Documento Privado de RECONOCIMIENTO DE DEUDA, por lo que firmamos al pie del presente documento en señal de aceptación, a los cuatro días del mes de enero de dos mil veintidos años. Santa Cruz-San Julian, 04 de enero de 2022
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MARIO ALEJANDRO PEDRIEL MARQUEZ C.I. 5826947 S.C. ACREEDOR LUIS MICO ALVAREZ C.I. 4727896 S.C DEUDOR LUIS LIMBERG MICO PERKA C.I. 12600658 S.C GARANTE

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