MODELO DE ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONSIDERACION DE SOLICITUD DE CESACION DE DETENCION PREVENTIVA

06 de diciembre del 2024

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En este artículo, vamos a proporcionar un modelo de acta de audiencia pública de consideración de solicitud de cesación de detención preventiva para ayudar a aquellos que estén buscando información sobre este tema. La cesación de detención preventiva es un proceso legal que permite al acusado solicitar la suspensión de su detención mientras espera el juicio. A través de este modelo de acta, presentaremos una estructura que puede utilizarse durante la audiencia judicial para evaluar la solicitud de cesación de detención preventiva.

Presentación de la audiencia

La audiencia pública de consideración de solicitud de cesación de detención preventiva se lleva a cabo en el Juzgado de Partido en lo Penal Liquidador de la Capital. El juez a cargo de la audiencia es el señor [Nombre del Juez] y el secretario abogado es el señor [Nombre del Secretario Abogado]. Esta audiencia tiene como objetivo evaluar la solicitud de cesación de detención preventiva presentada por el procesado [Nombre del Procesado] en el proceso penal que lleva adelante el Ministerio Público por el delito de homicidio.

Antes de comenzar la audiencia, se realizó la notificación legal a las partes involucradas. Además, se informó la asistencia del señor fiscal encargado del caso y de los abogados defensores, así como la presencia del procesado.

Evaluación de la solicitud de cesación de detención preventiva

Una vez instalado el acto por el juez, se procede a evaluar la solicitud de cesación de detención preventiva presentada por el procesado. Durante esta evaluación, se tienen en cuenta varios factores importantes que pueden influir en la decisión final.

1. Fundamentos legales

En primer lugar, se revisan los fundamentos legales que sustentan la solicitud de cesación de detención preventiva. El abogado defensor presenta los argumentos legales y jurisprudenciales relevantes que avalan la petición del procesado. Se evalúa si se cumplen los requisitos legales establecidos para otorgar la cesación de detención preventiva, como el riesgo procesal, la gravedad del delito imputado y la existencia de garantías suficientes para asegurar la comparecencia del procesado al juicio.

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2. Peligro procesal

En segundo lugar, se analiza el peligro procesal en caso de otorgar la cesación de detención preventiva. El juez evalúa si existe un riesgo de fuga por parte del procesado, si hay posibilidades de obstrucción a la justicia o si existe peligro de que el procesado cometa nuevos delitos mientras esté en libertad. Se pueden presentar pruebas, como informes psicológicos o testimonios de testigos, que respalden la existencia o ausencia de peligro procesal.

3. Gravedad del delito imputado

En tercer lugar, se considera la gravedad del delito imputado al procesado. Se evalúa la naturaleza del delito y las consecuencias que podría acarrear en caso de otorgar la cesación de detención preventiva. Si se trata de un delito grave, como el homicidio en este caso, es posible que se requiera una mayor justificación para otorgar la cesación de detención preventiva.

4. Garantías suficientes

Por último, se examinan las garantías suficientes que aseguren la comparecencia del procesado al juicio. Esto puede incluir el establecimiento de una fianza, la imposición de medidas cautelares o la presentación de avales o garantías personales. El juez puede solicitar información adicional, como la situación laboral o familiar del procesado, para evaluar la existencia de garantías suficientes que minimicen el riesgo de fuga o incumplimiento de las condiciones impuestas.

Conclusiones de la audiencia

Una vez evaluados todos estos aspectos, el juez toma una decisión sobre la solicitud de cesación de detención preventiva. La decisión puede consistir en la concesión de la cesación de detención preventiva, en la denegación de la solicitud o en la imposición de condiciones adicionales para otorgar la cesación de detención preventiva.

Es importante destacar que cada caso es único y la decisión final dependerá de las circunstancias particulares de cada situación. Esta acta de audiencia pública de consideración de solicitud de cesación de detención preventiva sirve como un modelo que puede adaptarse a cada caso en particular, pero siempre es necesaria la consulta de un profesional del derecho para obtener asesoramiento legal personalizado.

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MODELO DE ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONSIDERACION DE SOLICITUD DE CESACION DE DETENCION PREVENTIVA
MODELO DE ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONSIDERACION DE SOLICITUD DE CESACION DE DETENCION PREVENTIVA. (Acta de audiencia pública de consideración de solicitud de cesación de detención preventiva) ACTA DE AUDIENCIA PUBLICA DE CONSIDERACION DE SOLICITUD DE CESACION DE DETENCION PREVENTIVA En la ciudad de Sucre, a horas………………….. del día……………….. del ano……….. el Juzgado ………………….de Partido en to Penal Liquidador de la Capital, compuesto por el señor Juez Lie. ………………………………….. y suscrito Secretario abogado Lie………….. ………………………….. , se constituyó en audiencia pública con el objeto de considerar la solicitud de cesación detención preventiva del procesado …………………….dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio público por el delito de homicidio. Instalado el acto por el señor Juez, se informó por Secretaria de la legal notificación a las partes, la asistencia del señor Fiscal de Materia Lie. ……………………………….., del procesado …………………………………… Asistido de su abogado defensor, Lie. Instalada la audiencia, el señor Juez concedió la palabra al abogado defensor del procesado, quien manifestó que se ratificaba en el memorial presentado en fecha del presente, indicando que no había ninguna duda en la aplicación del Art. 239 del nuevo Código de Procedimiento Penal en el presente caso, ya que dicha disposición legal disponía como único requisito para la cesación de la detención preventiva, que hubiera durado la detención preventiva por más de 18 meses sin que se haya dictado sentencia, caso que se acomodaba al presente, por to cual reiteró su petición al juez que disponga la cesación de la detención preventiva de su defendido y ordene su inmediata libertad. El Juez concedió la palabra al Fiscal, quien manifestó que estando en vigencia el nuevo Código de Procedimiento Penal, correspondía dar cumplimiento al Art. 239, requiriendo al señor Juez disponga la culminación de la detención preventiva, aplicando las medidas sustitutivas que señala el Art. 240 del Código de Procedimiento Penal. El señor Juez manifestó que correspondía resolver la petición, para to cual dictaba el siguiente auto: RESOLUCIÓN No…………. /……… Sucre……………… de………………………… de…………… VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, por los datos del proceso, se evidencia la detención preventiva del procesado …………………………por el lapso de más de un ano y siete meses. Que el nuevo Código de Procedimiento Penal vigente, prescribe los casos en los cuales procede la detención preventiva. y es así que, su Art. 239 3) señala esa cesación cuando la detención preventiva excede de 18 meses sin que se haya dictado sentencia, caso que ocurre en el presente. POR TANTO: El suscrito Juez, de conformidad con to requerido por el Señor Fiscal, declara PROCEDENTE, la cesación de la detención preventiva solicitada por En cumplimiento del Art. 240 del citado Código, se dispone el cumplimiento por parte del procesado de las siguientes medidas sustitutivas: 1) El beneficiado tiene la obligación de presentarse a este Juzgado todos los días lunes mientras dure el proceso, debiendo suscribir el acta de aceptación en la Secretaria del Juzgado, con señalamiento de su domicilio real. 2) Está prohibido de salir de la ciudad sin autorización de este Juzgado, disponiéndose su arraigo, para to cual se dirigirá el oficio respectivo a la autoridad de Migración de esta ciudad. 3) Queda advertido el beneficiario que en caso de incumplimiento se procederá a la revocatoria de estas medidas, en aplicación del Art. 257 del Código de Procedimiento Penal. El Sr. Fiscal y procesado quedan legalmente notificados con la presente resolución, de la que podrán recurrir en apelación en el término de 72 horas, computables a partir de este momento, horas………………….. del día………… de……………………….. de…………… Regístrese. Con to que terminó el acto, firmando en constancia el sector Juez, señor Fiscal, imputado ……………….., abogado defensor Dr. ………………………. y suscrito secretario que certifica
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